BOE del 01-07-2020 MINISTERIO DE SANIDAD. Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
RESUMEN:
Esta resolución producirá sus efectos desde el 01-07-2020 y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
1. Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país. Dichos controles podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.
2. El control de temperatura se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre (igual o superior a 37,5)
3. Todos los pasajeros deberán de cumplimentar un formulario de salud pública. Se hará vía electrónica antes de iniciar el viaje a través de la dirección de internet: www.Spth.gob.es o mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH. Una vez finalizado el formulario, el pasajero obtendrá un código QR, que deberá presentar a su llegada a España.
4. Las agencias de viaje, operadores turísticos y compañías aéreas y marítimas que comercialicen billetes deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España, de la obligatoriedad de presentar el formulario en destino. Asimismo se lo facilitarán a los pasajeros, antes de su llegada, si no lo hubieran cumplimentado por vía electrónica.
Habrá un plazo transitorio hasta el 31 de julio de 2020 en el que los pasajeros internacionales que no hayan cumplimentado telemáticamente el formulario, lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.
5. Aquellos pasajeros con temperatura superior a 37,5, o aquellos que en base a la información contenida en el formulario de salud pública, o tras el control visual se sospeche que pudiera padecer COVID-19 u otra patología transmisible, serán sometidos a una nueva evaluación sanitaria. Si se confirma la sospecha, se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos y se le derivará a un centro sanitario.
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