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CONTROLES SANITARIOS EN LOS PUNTOS DE ENTRADA A ESPAÑA-FORMULARIO DE SALUD PÚBLICA

15 de julio de 2020
En el momento actual en España los efectos de la pandemia han sido significativamente controlados mediante la aplicación de importantes medidas de contención. No obstante, la situación de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional se mantiene y muchos países y zonas del mundo se encuentran en una situación epidemiológica muy desfavorable. Una vez finalizado el estado de alarma, es prioritario mantener los mecanismos adecuados en los puntos de entrada para prevenir la llegada en España de casos de COVID-19 procedentes del extranjero que pudieran generar brotes en nuestro país. Dichas medidas forman parte de un sistema global de detección de casos importados. 
 
Para ello es fundamental establecer controles sanitarios en los puntos de entrada en España que permitan identificar precozmente a los viajeros enfermos y a sus contactos. En este sentido se establecen los necesarios controles sanitarios en puertos y aeropuertos, para limitar la introducción de casos importados y avanzar en la consecución de un entorno seguro desde el punto de vista sanitario que ofrezca confianza a los viajeros. Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país. 
 
Dichos controles podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero. El control de temperatura se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. 
 
Formulario de salud pública: En lo que se refiere al control documental, todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera del territorio español, deberán de cumplimentar un formulario de salud pública. El proceso de cumplimentación del formulario se hará por vía electrónica, de tal manera que todas las personas que vayan a viajar a España deberán cumplimentarlo antes de iniciar su viaje a través de la dirección de internet: www.spth.gob.es, o en mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH. Una vez finalizado el formulario el pasajero obtendrá un código QR, que deberá presentar a su llegada a España. Enlace para el formulario a cumplimentar https://www.boe.es/boe/dias/2020/07/01/pdfs/BOE-A-2020-6927.pdf 
 
Las compañías de transporte aéreo o marítimo una vez en espacio aéreo o marítimo español informarán a los pasajeros antes de llegar a su destino de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública a la llegada, debiendo facilitar el formulario a los pasajeros que no hubieran podido cumplimentarlo por vía electrónica. Se establece un periodo transitorio, hasta el 31 de julio de 2020, en el que los pasajeros internacionales que no hayan podido cumplimentar telemáticamente el formulario de salud pública lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.
 
En el caso de que tras la evaluación sanitaria, se confirme la sospecha de que el pasajero pudiera padecer una patología que pudiera suponer un riesgo para la salud pública, se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos.
 
Puede consultar la norma en vigor en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2020/07/01/pdfs/BOE-A-2020-6927.pdf