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SECCIÓN CONSULAR. INFORMACIÓN SOBRE LA ATENCIÓN AL PÚBLICO

28 de diciembre de 2020
La Sección Consular de la Embajada de España en Malabo desea informar acerca de los trámites que se pueden realizar en estos momentos en sus instalaciones, así como las condiciones en las que los mismos se llevarán a cabo.
 
Todos los trámites se realizan bajo cita previa y respetando las necesarias medidas de seguridad y prevención frente a la pandemia global COVID-19. Se comunica que todas las personas a las que se les ha dado cita deberán acudir a la Embajada provistas de guantes, mascarilla y bolígrafo propio.
 
1.       Atención a Españoles:
 
La Embajada atiende con normalidad todos los trámites habituales (Registro Civil, pasaportes, inscripciones en el Registro de Matrícula Consular, etc.). Se comunica que, como medida de prevención frente al COVID-19, el servicio de Notaría se ha visto reducido y en estos momentos solo se ofrece a ciudadanos españoles.
 
Los anteriores trámites se atenderán de lunes a jueves de 9:30h a 12:30h, siempre bajo cita previa, que se puede solicitar escribiendo un correo electrónico a la dirección emb.malabo.cesp@maec.es, identificándose debidamente (nombre, apellidos y nº de DNI/DIP/Pasaporte) e indicando el trámite concreto que desean realizar.
 
2.       Legalizaciones:
 
Las legalizaciones se recogen de lunes a viernes de 9:00 a 11:00h, siempre bajo cita previa, que se puede solicitar escribiendo un correo electrónico a la dirección emb.malabo@maec.es. Los documentos depositados para su legalización se devuelven 3 días después, con el objeto de respetar la necesaria cuarentena de documentos de 48h como medida de prevención frente al COVID-19.
 
3.       Visados:
 
-          Visados uniformes Schengen:
 
Debido a las restricciones derivadas de la situación sanitaria, actualmente existe una limitación muy estricta a la entrada en el territorio del espacio Schengen desde el exterior (ver Orden INT/657/2020, de 17 de julio), por lo que los visados uniformes Schengen no habilitan en estos momentos para entrar en España. Dicho de otro modo, esta Embajada no está expidiendo con carácter general visados para ir a España de turismo o vacaciones.
 
Por ello, esta Embajada solo está expidiendo visados uniformes Schengen en aquellos casos en que las autoridades de frontera de España consideran que la situación expuesta se adscribe a alguna de las excepciones actualmente previstas en la normativa de fronteras (entrada por motivos humanitarios), y se concede una autorización excepcional de entrada a España.
 
-          Visados de larga duración:
 
Esta Embajada se encuentra abierta al público para la tramitación de expedientes de visado nacionales o de larga duración, que habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España, que en estos momentos sí habilitan para entrar en España. Se trata de las siguientes modalidades de visado:
 
1)      Visado de estudios.
2)      Visado de reagrupación familiar en régimen general.
3)      Visado de reagrupación familiar en régimen comunitario.
4)      Visado de residencia no lucrativa.
5)      Visado de residencia por inversión.
6)      Visado de residencia y trabajo por cuenta ajena.
7)      Visado de residencia y trabajo por cuenta propia.
8)      Visado de residencia con excepción de autorización de trabajo (religiosos).
9)      Visado de recuperación de residencia de larga duración.
10)   Visado por pérdida, robo o caducidad de la tarjeta de residencia.
 
En todos estos casos, la solicitudes de visado se reciben directamente en la Embajada, bajo cita previa, que se puede solicitar escribiendo un correo electrónico a la dirección emb.malabo@maec.es.