Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Visados: campaña informativa contra el fraude

20 de septiembre de 2019
AVISO PREVIO
 
El visado Schengen NO es la única modalidad de visado que expide esta Embajada. Para más información sobre otras modalidades de visado, por favor consulte la sección Información para Extranjeros de esta página web.
 
El visado Schengen autoriza a permanecer en la zona Schengen hasta un máximo de 90 días en un período de 6 meses. En cada visado aparece expresamente el período de validez por el que ha sido concedido en ese caso concreto.
 
 
INFORMACIÓN SOBRE VISADOS SCHENGEN
 
Puede presentar su solicitud de visado Schengen a través de BLS International, sin necesidad de cita previa.
 
1.     ¿Qué es BLS International?
 
BLS International es una compañía que ha firmado un acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España para actuar como proveedor de servicios externo de las Embajadas y Consulados de España en todo el mundo. Su tarea es servir de punto de presentación de solicitudes de visado Schengen para su posterior tramitación por las Embajadas y Consulados de España.
 
2.     ¿Qué tareas realiza BLS International?
 
La función principal de BLS International es servir de punto de presentación de solicitudes de visados Schengen para su posterior tramitación por las Embajadas y Consulados de España. Entre estas tareas se encuentran la recepción de documentación, la toma de huellas y fotografías, así como la notificación a los particulares de requerimientos o resoluciones dictados por la Embajada o el Consulado.
 
BLS puede ofrecer además servicios adicionales, que el solicitante de visado NO tiene obligación de contratar para presentar su expediente. Dichos servicios, así como su precio y la información sobre su carácter voluntario, pueden consultarse tanto en las oficinas de BLS International, donde figuran para su consulta, como en la página web de la compañía.
 
3.     ¿Cómo contactar con la oficina de BLS International en Malabo?
 
La oficina local de BLS International en Malabo está ubicada en el barrio de Caracolas (Malabo), Inmueble San Valentín, frente a la Residencia Soraya, primer piso. Los datos de contacto son los siguientes:
 
a.      Email: info.ssg@blshelpline.com
b.      Teléfono: +240 555 458 896
c.      Página web: https://gq.blsspainvisa.com/
 
4.     ¿Existen otros proveedores oficiales de servicios?
 
NO. El único proveedor de servicios externo autorizado es BLS International, y opera por acuerdo firmado entre la compañía y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España, para prestar sus servicios a nivel mundial.
 
Ante las informaciones y denuncias recibidas tanto por las autoridades locales como por esta Embajada, se recomienda, en ese sentido, estar alerta ante agencias o particulares que se ofrezcan para la tramitación de solicitudes de visados. Carecen de toda vinculación con esta Embajada y se recomienda extremar las precauciones y comunicar a las correspondientes autoridades policiales cualquier sospecha de fraude o estafa en este ámbito.
 
5.     Tasas
 
Las tasas de solicitud de visado se encuentran legalmente previstas y se pueden consultar en el siguiente enlace.
 
Adicionalmente, BLS International percibe por el uso de sus servicios una tasa legalmente establecida, que se puede consultar en el siguiente enlace. Puede ofrecer además servicios anejos, de carácter estrictamente voluntario. Dichos servicios, así como su precio y la información sobre su carácter voluntario, pueden consultarse tanto en las oficinas de BLS International, donde figuran para su consulta, como en la página web de la compañía.
 
Ante las denuncias recibidas tanto por las autoridades locales como por esta Embajada, se desaconseja abonar cantidades no previstas legalmente a agencias o particulares, y comunicar a las correspondientes autoridades policiales cualquier sospecha de fraude o estafa en este ámbito.
 
6.     Documentación falsa
 
Se recuerda que la presentación de documentos falsos o falsificados es causa prevista de denegación de solicitudes de visado, por lo que se recomienda extremar la precaución y verificar siempre personalmente la documentación que se aporta a un expediente de visado. Se alerta nuevamente, en ese sentido, sobre la existencia de agencias y particulares que se ofrecen a gestionar expedientes de visado con documentación falsa.