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VIOLENCIA DE GENERO

31 de octubre de 2024


​Violencia contra la mujer

Las españolas que sean víctimas de violencia o sus allegados pueden solicitar la ayuda de la Embajada en cualquier momento.

En caso de urgencia, el número de contacto es el 00 244 912 521 793 y 00 244 929 900 900

Las consultas se pueden dirigir a los números anteriores, en horario de 24 horas, los 365 días del año, y a la dirección de correo electrónico emb.luanda@maec.es ​

Existen además los siguientes recursos que pueden resultar de ayuda:


Ayuda a mujeres españolas víctimas de violencia contra la mujer en el exterior

Las mujeres españolas residentes en el extranjero víctimas de violencia  se suelen encontrar en una situación de especial vulnerabilidad por las barreras lingüísticas y culturales o por la falta de acceso a instituciones sociales de ayuda, debido en muchas ocasiones al desconocimiento de los recursos existentes en el país. Así, a la obligación de los poderes públicos en materia de información, asistencia y protección a las mujeres víctimas de violencia de género, se suma la obligación general de proteger a los españoles en el exterior.

El 16 de julio de 2024​​​, los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea ​y Cooperación; Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Interior; Trabajo y Economía Social; Igualdad; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones firmaron un Acuerdo d​e Actuación pa​ra la Atenc​ión de las Mujeres Españolas Víctimas de Violencia de Género en el Exterior​Se abre en ventana nueva.

El Acuerdo puede consultarse a texto completo en la página web del Ministerio de IgualdadSe abre en ventana nueva.

Dicho Acuerdo persigue el establecimiento de un marco común de colaboración entre los Consulados de España y las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de las Embajadas para mejorar esta asistencia. Por su parte, la Delegación del Gobierno para Violencia de Género, en caso de retorno de la mujer, llevará a cabo labores de coordinación con las Comunidades Autónomas a fin de garantizar a las mujeres los derechos que les reconoce la normativa española y de facilitar su integración social. De acuerdo con el citado Acuerdo, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación se compromete, a través de las Secciones Consulares de las Embajadas y las Oficinas Consulares, a lo siguiente:

  • Prestar la protección y asistencia consulares necesarias a las ciudadanas españolas víctimas de violencia contra la mujer en el marco de las competencias contenidas en el artículo 21.2 del Real Decreto 267/2022, de 12 de abril.
  • Organizar y, cuando así proceda, sufragar el coste de la repatriación de la mujer y sus hijos e hijas víctimas de violencia contra las mujeres, cuando la situación lo exija según la normativa relativa a la repatriación.
  • Expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal de acuerdo con la normativa vigente.
  • Disponer de información para el público con teléfonos y direcciones útiles en materia de violencia contra las mujeres.
  • Orientar sobre los servicios sociales, médicos, educativos y legales del país, así como para hacer gestiones, en materia de violencia contra las mujeres, ante las autoridades locales.
  • Proteger y asistir a las ciudadanas españolas, víctimas de violencia contra las mujeres, de tal manera que no resulten discriminadas por su condición de extranjeras.
  • Incorporar en su carta de servicios la mención a estas labores en materia de violencia contra las mujeres y dar publicidad a través de sus medios a este tipo de asistencia. 
  • Incorporar en su oferta de formación para el personal en el exterior una formación en materia de violencia contra las mujeres, que se orientará a la sensibilización y a la atención específica a las víctimas en el exterior.
  • Informar a las ciudadanas españolas víctimas de violencia contra las mujeres que deseen regresar a España, de la conveniencia de presentar denuncia y, en su caso, solicitud de orden de protección, ante las autoridades competentes a su llegada a España. 
Además, las Secciones Consulares de las Embajadas y las Oficinas Consulares procurarán conocer la incidencia de la violencia de género en las mujeres españolas residentes en el país, a partir de la información y los datos publicados por las autoridades locales.

Las Embajadas y Consulados de España forman asimismo parte de la red #PuntoVioleta y por lo tanto son espacio seguro para informar y acompañar a las víctimas de violencia machista.

Existen algunos recursos útiles en el caso de que esté sufriendo o tenga conocimiento de un caso de violencia contra una mujer española en el exterior:

​Las mujeres españolas residentes en el extranjero víctimas de violencia se suelen encontrar en una situación de especial vulnerabilidad por las barreras lingüísticas y culturales o por la falta de acceso a instituciones sociales de ayuda, debido en muchas ocasiones al desconocimiento de los recursos existentes en el país.

El 16 de julio de 2024, los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Interior; Trabajo y Economía Social; Igualdad; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones firmaron un Acuerdo de Actuación para la Atención de las Mujeres Españolas Víctimas de Violencia de Género en el Exterior.Se abre en ventana nueva

El Acuerdo puede consultarse a texto completo en la página web del Ministerio de IgualdadSe abre en ventana nueva

#NoEstoySola