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Documentación y trámites

TRÁMITES ADUANEROS

Permisos especiales, normas aduaneras, entrada de animales y entrada de vehículos

Requisitos de entrada

De conformidad con la normativa europea vigente (Directiva 2004/38/CE), al ser Malta un Estado Miembro de la Unión Europea, los ciudadanos españoles pueden viajar a Malta y permanecer en este país hasta un máximo de 3 meses, sin necesidad de tramitar ningún permiso. Bastará con que lleven consigo el DNI o pasaporte en vigor.

Para estancias superiores a 90 días se debe solicitar la tarjeta de residencia (conocida en Malta como el ID maltés) en Identitá Malta. Se debe iniciar la solicitud a través de la web en el siguiente enlace: https://identita.gov.mt/expatriates-unit-sec-page-eu-nationals/#:~:text=EU%20Nationals%20do%20not%20need,reside%20and%20work%20in%20Malta.
Para cualquier duda sobre el proceso se puede contactar a Identitá: https://identita.gov.mt/contact-us/

No hay ninguna vacuna obligatoria ni recomendada, salvo en el caso de aquellos viajeros procedentes de zonas donde existen enfermedades endémicas (fiebre amarilla, etc.)

Normas aduaneras

La ropa y los objetos de uso personal están exentos de aranceles. Todo adulto puede llevar, sin pagar impuestos, 200 cigarrillos o una cantidad equivalente en cigarros (50) o tabaco (250 gramos), así como una botella de licor y otra de vino. También está permitido entrar con perfume en pequeñas cantidades.

Entrada de animales

La importación de mascotas está muy controlada para evitar brotes epidémicos entre los animales. Es preciso que perros y gatos cuenten con su pasaporte, su microchip y estén vacunados contra la rabia. Además unos días antes del viaje debe ser desparasitado. Con anterioridad al viaje se debe solicitar autorización a las autoridades maltesas e informarles sobre los datos del viaje mediante dos formularios que pueden ser obtenidos en el enlace del gobierno maltés. Para más información es posible llamar al Directorio de Regulación Veterinaria al teléfono +356 22925216 o contactar vía correo electrónico: petstravel.msdec@gov.mt.

Entrada de vehículos en Malta

La legislación maltesa distingue dos tipos de situaciones. Por un lado, si el objeto del viaje a Malta con el vehículo es de carácter turístico, el plazo máximo de estancia es de 6 meses, sin que sea necesario el registro del vehículo. Sin embargo, si el propietario ya reside o va a residir en Malta, tendrá que solicitar y tramitar un cambio de matrícula, previo pago de las tasas e impuestos correspondientes a la importación del vehículo. Este cambio debe tramitarse en el plazo de 20 días desde la entrada del vehículo en Malta y el no cumplimiento de esa obligación lleva acarreada una multa de 30 euros diarios desde el momento en el que comienza el incumplimiento.

Para más información se debe entrar en contacto con la Unidad de Licencias de circulación y permisos de conducir de la Transport Malta Authority: www.vehicleregistration.gov.mt ; teléfonos (+356) 21233029, 25560000.   Asimismo, en relación al procedimiento y la documentación que deberá presentarse, a través del siguiente link podrá encontrar la información necesaria para ello.


 TRÁMITES PARA CANJEAR EL PERMISO DE CONDUCIR

Los ciudadanos españoles, residentes en Malta, que quieran renovar su permiso de conducir deberán solicitar un canje de su permiso de conducir ante las autoridades maltesas de tráfico (Transport Malta).
Puede ver la información sobre los trámites necesarios en su web en el siguiente enlace: https://www.transport.gov.mt/land/driving/driving-licence/exchange-your-foreign-driving-licence-4541 

El permiso de conducir emitido en España será válido en Malta hasta la fecha de su caducidad.


NOTA: Cualquier ciudadano español puede dirigirse directamente a las autoridades de tráfico en España para la renovación del permiso de conducir presencialmente, sin pasar por la Embajada.