Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 24 al 30 de octubre, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 04 y el 08 de noviembre de 2026, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 14 de noviembre de 2026.
Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 26 de noviembre de 2026, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones
. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web habilitada.
Los electores, que deberán seguir las instrucciones contenidas en la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, podrán votar por cualquiera de las siguientes vías y dentro de los plazos siguientes:
- Podrán remitir su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 24 de noviembre de 2026. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
- Podrán depositar su voto del 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos, en la Embajada de España en La Paz, en la Av. 6 de Agosto, 2827; en horario ininterrumpido de 9:00 a 15:00.
- Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales de voto en los centros habilitados para el depósito del voto en urna, así como sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.