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Elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020

25 de mayo de 2020

 PDF - Elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia

Convocatoria.
 
El domingo 12 de julio de 2020 se celebran las elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia.  Por tal motivo, se informa los procedimientos a seguir para solicitar la documentación electoral y ejercer el derecho al voto para aquellos ciudadanos españoles que se encuentren domiciliados en la demarcación consular de la Embajada de España en La Paz (La Paz, Cochabamba, Chuquisaca, Oruro y Potosí).  Los ciudadanos españoles domiciliados en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija deberán dirigirse al Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra.
 
En estas elecciones podrán solicitar la documentación electoral y ejercer el derecho al voto en la Embajada de España en La Paz:
 
A. Los españoles residentes en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba que estén inscritos en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en el País Vasco o en Galicia.  Los españoles residentes en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija deberán dirigirse al Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra.
 
B. Los españoles residentes en dichas Comunidades Autónomas, que se encuentren inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba.  Los españoles que temporalmente se encuentren en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija deberán dirigirse al Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra.
 
 
PLAZOS PARA ELECTORES RESIDENTES EN LOS DEPARTAMENTOS DE LA PAZ, ORURO, POTOSÍ, CHUQUISACA Y COCHABAMBA INSCRITOS COMO RESIDENTES EN EL REGISTRO DE MATRÍCULA CONSULAR DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN LA PAZ.
 
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de marzo de 2020.  A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
 
Presentación de reclamaciones de alta o de modificación en el CERA.
 
Durante los días 25 de mayo a 1 de junio, ambos inclusive, la Embajada de España en La Paz mantendrá un servicio de consulta/exposición de su censo electoral.  Si se encuentra inscrito como “residente” pero existen errores en su inscripción o no aparece en las listas del CERA que ha consultado, dentro de dicho plazo, exclusivamente, podrá formular reclamación de forma presencial dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos.  Las reclamaciones que resulten estimadas se incorporarán al censo de estas elecciones.
 
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial (impreso CERA-R17) y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles del interesado: fotocopia del DNI, del pasaporte o del permiso de conducir.  Se señalará “No tiene” en las reclamaciones de quienes no dispongan de ninguno de los documentos anteriores, y en ese caso se acompañará la reclamación de un certificado de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de matrícula consular.  Dicho modelo de reclamación CERA-R17 se entrega gratuitamente en esta Embajada, o puede descargarse de la página web:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/Embajada/ServiciosConsulares/Documents/IMPRESO%20RECLAMACION%20CERA%20R17.pdf
 
Además, las reclamaciones de alta en el CERA deberán ir acompañadas necesariamente de la “Declaración explicativa de la elección del municipio de inscripción a efectos electorales” correctamente cumplimentada (con fecha y firma).  Dicho formulario de la “Declaración explicativa de la elección del municipio de inscripción a efectos electorales” se entrega gratuitamente en esta Embajada, o puede descargarse de la página web:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/Embajada/ServiciosConsulares/Documents/DECLARACION%20EXPLICATIVA%20CENSO%20ELECTORAL.pdf
 
Tenga en cuenta que, además de formular su reclamación de alta o de modificación en el CERA, también deberá enviar usted mismo su solicitud de documentación electoral, sin esperar a que se le notifique la resolución de su reclamación, a su Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en la forma y en el plazo que se señalan a continuación.
 
Solicitud de la documentación electoral.
 
Para ejercer el derecho a voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral, no más tarde del día 16 de junio, mediante impreso oficial debidamente firmado a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que le corresponda, según su municipio de inscripción a efectos electorales. Dicho impreso de solicitud se entrega gratuitamente en esta Embajada, o puede descargarse de la página web:
 
 
 
Las solicitudes de voto pueden enviarse por Internet si cuenta con un certificado electrónico reconocido asociado al DNI del elector o una clave de tramitación telemática, (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación) en la dirección:  https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/0000405, por correo postal o por fax, mediante impreso oficial debidamente firmado a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Álava, Guipúzcoa o Vizcaya, en el caso de elecciones al País Vasco, o La Coruña, Lugo, Orense o Pontevedra, para elecciones en Galicia) no más tarde del día 16 de junio, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
 
Las direcciones postales y fax de las Delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral se encuentran disponibles en el siguiente enlace: http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm.
 
La solicitud de voto realizada para los procesos electorales suspendidos por la pandemia del coronavirus no es válida para esta convocatoria. Si desea votar, deberá realizar este trámite de nuevo, y podrá destruir la documentación electoral que hubiera recibido antes de la presente convocatoria, pues no es válida.
 
Recibida la solicitud, la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral le remitirá la documentación electoral junto con la hoja informativa que usted recibirá a través de los servicios locales de correos a la dirección de su inscripción electoral no más tarde del día 22 de junio, o del día 30 de junio si se produjera impugnación de candidaturas.
 
De acuerdo con las instrucciones del a Oficina del Censo Electoral, se recuerda que son los propios electores CERA y no las Oficinas Consulares quienes deberán enviar sus solicitudes de documentación electoral a las Delegaciones Provinciales de la OCE.
 
Modalidades para ejercer el derecho de sufragio.
 
Una vez recibida la documentación electoral y leídas atentamente las instrucciones contenidas en la hoja informativa, los electores disponen de las siguientes opciones para ejercer el derecho de sufragio:
 
• “Voto en urna”: Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa, en la urna de la Embajada de España en La Paz, del 8 al 10 de julio.
 
Al depositar el voto, el elector deberá acreditar su identidad ante el funcionario consular mediante pasaporte o DNI español.  El elector entregará al funcionario consular un certificado de inscripción en el censo.
 
• “Voto por correo certificado”: Enviar su voto por correo certificado a la Embajada de España en La Paz, no más tarde del día 7 de julio. En este caso, el elector deberá utilizar dos sobres:
 
1. El sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente, en el que incluirá la documentación indicada en la hoja informativa.
2. El sobre dirigido a la Embajada de España en La Paz, en el que se introducirá:
a) El sobre anterior dirigido a la Junta Electoral Provincial debidamente cerrado.
b) Uno de los certificados de inscripción en el Censo.
 
Si algún elector español del CERA inscrito en un municipio del País Vasco o de Galicia se encontrara temporalmente en España durante la celebración de estos comicios, podrá solicitar (al igual que los electores residentes en España) el voto por correo, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 2 de julio incluido, sin que ello suponga su baja en el CERA.  Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción.
 
Una vez recibida la documentación electoral en la dirección en España que haya señalado en su solicitud, el elector enviará su voto y la documentación indicada en la hoja informativa, por correo postal certificado a su mesa electoral, no más tarde del día 8 de julio.  Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.
 
PLAZOS PARA ELECTORES RESIDENTES EN EL PAÍS VASCO O EN GALICIA QUE SE ENCUENTRAN TEMPORALMENTE EN LOS DEPARTAMENTOS DE LA PAZ, ORURO, POTOSÍ, CHUQUISACA Y COCHABAMBA (ERTA).
 
Los electores residentes en el País Vasco o en Galicia incluidos en el censo de electores españoles residentes en España (CER) que se encuentren temporalmente en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba una vez efectuada la convocatoria electoral y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior.
 
Solicitud de la documentación electoral.
 
Para ello deberán cumplir los siguientes requisitos:
 
1. Inscribirse como “No Residente” en el Registro de matrícula Consular, si aún no lo estuviera.  Los requisitos y formularios necesarios para inscribirse en el Registro de Matrícula Consular puede consultarlos en la página web de la Embajada de España en La Paz en la sección de “Registro de Matrícula Consular”, a través siguiente enlace:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/Embajada/ServiciosConsulares/Paginas/InscripcionConsular.aspx.
 
2. Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral no más tarde del día 16 de junio, mediante impreso oficial debidamente firmado, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI expedidos por las autoridades españolas. Dicho impreso de solicitud se entrega gratuitamente en esta Embajada, o puede descargarse de la página web:
 
 

 
La Embajada de España en La Paz remitirá la solicitud del elector a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que corresponda.  Esta Delegación remitirá al elector, por correo certificado, a la dirección en el extranjero indicada en la solicitud, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa correspondiente no más tarde del día 22 de junio, o del día 30 de junio, si hubiera impugnación de candidatos.
 
Modalidad para ejercer el derecho de sufragio.
 
Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del día 8 de julio.
 

HORARIOS DE ATENCIÓN DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN LA PAZ

Ante la celebración de las elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020, la Embajada de España en La Paz dispondrá de los siguientes horarios de atención al público:
 
• Del 25 de mayo al 1 de junio, para consulta/exposición de listas electorales y presentación de reclamaciones, de lunes a jueves en horario ampliado de 09:00 a 16:00, y los viernes en el horario de 09:00 a 14:00; sábado 30 y domingo 31 de mayo, en el horario de 10:00 a 13:00.
 
• Del 25 de mayo al 16 de junio, atención a electores temporalmente en el extranjero para puedan solicitar su documentación electoral, de lunes a jueves en horario ampliado de 09:00 a 16:00, y los viernes en el horario de 09:00 a 14:00; sábado 13 de junio, en el horario de 10:00 a 13:00.
 
• Depósito de voto en urna, del 8 al 12 de julio, en el siguiente horario:
 
- 8 y 9 de julio en el horario de 09:00 a 19:00
- 10 de julio en el horario de 09:00 a 13:00
- 11 de julio en el horario de 10:00 a 14:00.
- 12 de julio en el horario de 10:00 a 12:00.