El próximo 2 de diciembre se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía, según el Decreto de la Presidenta 8/2018, de 8 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario nº 6, de 9 de octubre de 2018.
Con el fin de que esté debidamente informado de cara a este proceso electoral, le comunicamos lo siguiente:
1. Información para españoles residentes en el extranjero inscritos en el CERA de estas elecciones (inscritos en algún municipio de Andalucía):
A.- Consulta de listas y presentación de reclamaciones electorales.
Para poder votar en las próximas elecciones es imprescindible estar incluido en las listas del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
El censo electoral para estas elecciones es el vigente a 1 de agosto de 2018 (art. 39 LOREG), por lo que toda persona que se haya inscrito en esta Embajada o haya modificado su dirección postal con posterioridad a esta fecha y quiera ejercer su derecho al voto en las elecciones tendrá que presentar la oportuna reclamación.
El plazo para la consulta de listas electorales será del día 15 al 22 de octubre, ambos inclusive. En estas fechas la Embajada permanecerá abierta al público en su horario habitual, de lunes a viernes, de 9h a 13h, y el sábado 20 y domingo 21 de octubre en horario especial de 9h a 13h.
Quienes dispongan de un certificado electrónico pueden también realizar la consulta online a través de la página
Web del INE:
Dentro de dicho plazo (15 a 22 de octubre), cualquier interesado puede presentar la oportuna reclamación contra la exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en el caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren en la lista electoral.
El día 26 de octubre de 2018 se expondrá al público la resolución de las reclamaciones presentadas.
B.- Solicitud de la documentación electoral:
Para ejercer el derecho a voto todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación para votar mediante impreso oficial, debidamente firmado, que enviará por correo postal o fax a la delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) que corresponda al municipio de inscripción vigente para estas elecciones. Esta solicitud, que hará personalmente el interesado, deberá llevarse a cabo no más tarde del 3 de noviembre de 2018.
Las solicitudes pueden presentarse por Internet, correo postal o fax.
• Para realizar la solicitud por correo postal o fax deben remitir el impreso oficial de solicitud de voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que corresponda. Las direcciones y faxes de las Delegaciones Provinciales de la OCE pueden ser consultadas en el enlace
Delegaciones Provinciales de la OCE.
• Para realizar la solicitud por Internet deben acceder al trámite “Solicitud de voto CERA” publicado en la
Sede Electrónica del INE, mediante certificado digital o con la clave de tramitación telemática (CTT) que figura impresa en el formulario de solicitud de voto que les será remitido de oficio por la Oficina del Censo Electoral a su domicilio.
Por tratarse de un trámite personal es imprescindible que la solicitud de voto sea remitida directamente por el interesado a la OCE en las direcciones facilitadas, no pudiendo en ningún caso ser remitida a esta Embajada ni tramitada a través de la misma.
C.- Modalidades para ejercer el derecho de sufragio.
Una vez recibida la documentación electoral, el elector dispone de las siguientes opciones:
1ª) Depositar el sobre de votación en urna en la Embajada. Para ello dispondrá de los días 28, 29 y 30 de noviembre, así como el sábado 1 y el domingo 2 de diciembre 2018. El horario de depósito de voto en urna en la Embajada se publicará en esta página próximamente.
2ª) Enviar su voto por correo certificado a la Embajada, no más tarde del 1 de diciembre.
D.- Voto por correo de electores CERA que vayan a encontrarse temporalmente en España en el período de elecciones.
Si algún elector del CERA se encontrara temporalmente en España durante el proceso electoral, podría solicitar el voto por correo a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 22 de noviembre (inclusive), sin que ello supusiera su baja en el CERA. Las solicitudes están disponibles en cualquier Oficina de Correos de España y deben dirigirse a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente. Recibida la documentación electoral, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, no más tarde del 28 de noviembre.
2. Electores españoles residentes en Andalucía que se encuentren temporalmente en extranjeros (ERTA):
Los electores españoles residentes en Andalucía que se encuentren temporalmente en el extranjero una vez efectuada la convocatoria electoral, y prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones. Para ello, deberán:
1. Inscribirse en el Registro de Matrícula Consular de esta Embajada como no residentes, si aún no lo estuvieran.
2. Solicitar la documentación para votar desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE), no más tarde del 3 de noviembre. Deberán entregar la solicitud cumplimentada en impreso oficial en esta Embajada. La Delegación de la OCE le enviará por correo certificado, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, la documentación electoral.
A tal fin, esta Embajada permanecerá abierta al público en su horario habitual de lunes a viernes, de 9h a 13h; y sábado 3 de noviembre en horario especial de 9h a 13h. Se recuerda que el 1 de noviembre es festivo y la Embajada estará cerrada.
Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a la mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del 28 de noviembre.