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PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

Respuestas a 05/08/21 a preguntas frecuentes sobre viajes, vacunas, trámites y otras consultas habituales a la Embajada durante la pandemia de COVID19

5 de agosto de 2021
PREGUNTAS FRECUENTES Y RESPUESTAS ACTUALIZADAS A 05.08.21
 
 
La situación causada por la pandemia covid19 en todo el mundo genera cambios constantes en las normativas y decisiones.
Esta colección de preguntas frecuentes y respuestas tiene un carácter meramente orientativo y no prejuzga las decisiones de las autoridades, españolas o vietnamitas competentes en cada caso.
 
 
 
10. Plan Nacional de Vacunación de Vietnam:
10.1. ¿Pueden los extranjeros vacunarse en Vietnam dentro del Plan de Vacunación vietnamita?
10.2. ¿Cómo puedo vacunarme dentro del Plan Nacional de Vacunación de Vietnam?
10.3. ¿Debo vacunarme?
 
   
 
 
Antes de viajar, le recomendamos encarecidamente que consulte los requisitos sanitarios actualizados de entrada en España en la página oficial del Ministerio de Sanidad. Dada la fluida evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo, es esencial hacer esta comprobación tanto durante la preparación de su viaje, con la suficiente antelación, como inmediatamente antes de iniciarlo, para evitar en la medida de lo posible que pueda verse sorprendido por nuevos cambios por mor de la evolución de la pandemia: 
 
A título orientativo y no sustitutivo de la consulta en la web del Ministerio de Sanidad por cada interesado, para su mayor facilidad le indicamos que los requisitos a fecha de hoy para los ciudadanos españoles y comunitarios que lleguen a España desde Vietnam serían los siguientes:
 
1.     Cumplimentar, antes de la salida, un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health –SpTH-, disponible en Android y en iOS. Este requisito es aplicable a todos los pasajeros que lleguen a España, incluidos los que vienen en tránsito con destino a otros países.
2.     Estar en posesión de alguno de los siguientes requisitos sanitarios (aplicable a mayores de 12 años):
a.     Certificado con resultado negativo de la prueba de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España. El PCR es un tipo de prueba NAAT.
b.     Prueba de detección de antígeno con resultado negativo, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a España.
c.      Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19.
d.     Certificado que confirme que el titular ha recibido la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19 con las siguientes características: 1) Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. 2) El certificado solo tendrá validez a partir de los 14 días posteriores a la administración de la pauta completa de vacunación, por lo que el viaje no podría ser anterior al inicio de dicha validez.
Por favor consulte la pregunta 11 en esta página para más detalles sobre el certificado de vacunación y las vacunas aceptadas para viajar a España.
 
 
 
Los familiares de españoles y nacionales de otros países de la Unión Europea pueden entrar en España siguiendo los requisitos sanitarios indicados en el apartado anterior (apartado 1) y acreditando su condición de familiar comunitario a su llegada a España.
 
Además, dependiendo de la nacionalidad del familiar extracomunitario, puede que necesite estar en posesión de un visado de familiar comunitario (como es el caso de nacionales vietnamitas).
 
Para mayor información sobre casos concretos relativos a familiares comunitarios, puede escribir a la dirección emb.hanoi.vis@maec.es.
 
 
 
Sigue a continuación una lista no exhaustiva de centros médicos y hospitales en Hanoi, Ciudad Ho Chi Minh y Da Nang que han estado ofreciendo recientemente servicios de prueba de SARS-CoV-2 para las personas que viajan desde Vietnam. Por lo general, los resultados suelen estar en 24 horas. Los propios interesados deberán ponerse en contacto directo con estos centros médicos y hospitales para confirmar estos detalles o realizar cualquier pregunta. 
 
Hanoi
Hanoi French Hospital:
-        Tel +84 24 3577 1100
-        contact@hfh.com.vn
International VinMec Hospital:
-        Tel +84 24 397 43556
-        info.booking@vinmec.com; info.TC@vinmec.com
Hong Ngoc Hospital:
-        Tel +84 24 3927 5568
 
Ho Chi Minh City
Family Medical Practice:
-        Tel +84 28 3822 7848, +84 28 5411-3333
-        hcmc@vietnammedicalpractice.com
Hoan My Saigon Hospital:
-        Tel +84 28 3990 2468, 0909940669,
-        - hmsg.vip@hoanmy.com
Raffles Medical:
-        Tel +84 28 3824 0777
Military Hospital 175:
-        Tel +84 399 175 175
     Gia An 115
-        Tel +84 628 85 886
 
Da Nang
CDC Da Nang:
-        Tel +84 236 357 4665
 
Para otras localidades, consulte por favor el enlace a la página web del Ministerio de Sanidad de Vietnam, en el que se recoge la lista de centros en las que es posible realizar pruebas PCRs en todo el territorio vietnamita cuando así lo requiere el gobierno de Vietnam. Si desea realizar de manera voluntaria pruebas PCR en alguno de estos centros, deberá ponerse en contacto directamente con éstos para saber si aceptan realizarlas a instancia del interesado.
 
 
 
Teniendo en cuenta la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, la Embajada de España en Vietnam acepta de manera excepcional que se envíen solicitudes de inscripción en el Registro de Matrícula Consular por correo postal a la Embajada de España en Vietnam (4 Le Hong Phong, Dien Bien, Ba Dinh, Hanoi – Tel. 024 37715207). En este caso, la Embajada deberá requerir labores de verificación de la identidad de los interesados con otras autoridades en Vietnam y/o en España, lo que requiere algo más de tiempo en su tramitación. 
 
Puede consultar la información sobre la documentación requerida, con carácter general, para este trámite en los siguientes enlaces:
 
 
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación trabaja en un plan de digitalización, que aún no está operativo en los sistemas de esta Embajada. De acuerdo con el ordenamiento jurídico español vigente, a esta fecha, el envío digitalizado de la documentación requiere de la comprobación de los originales por funcionario autorizante. Antes de enviar la documentación, consulte por favor con la sección consular de esta Embajada (emb.hanoi.vis@maec.es) sobre su caso concreto y para confirmar que la documentación es completa y correcta, a fin evitar en la medida de lo posible sucesivos envíos.  
 
 
A continuación se especifican las distintas opciones legalmente existentes y sus características, para que el interesado pueda determinar cuál se ajustaría mejor a sus circunstancias personales (lugar donde se encuentra, urgencia, finalidad para la que lo necesita, etc..) y decida cuál es el documento de su elección que desea solicitar. La Embajada solo puede expedir estos 3 tipos de documentos: salvoconducto, pasaporte provisional, pasaporte ordinario (ver infra).
 
Dadas las restricciones de movilidad, la Embajada excepcionalmente intenta facilitar la tramitación dentro de los límites que marca la legislación española o vietnamita vigente en cada momento. No obstante, en el actual contexto de restricciones de movilidad establecidas por la nueva normativa vietnamita, susceptible de cambiar en cualquier momento según la evolución de la pandemia (y que puede afectar a servicios externos a la Embajada de envío de documentos) NO es factible garantizar plazos de tramitación, por lo que se recomienda al interesado que comience la tramitación lo antes posible.
 
 
documento
características, utilidades y requisitos de expedición conforme a la legislación española
 
requisitos conforme a la legislación y/o práctica habitual requerida en Vietnam.
salvoconducto
1. este documento se emite con el único fin de permitir a su titular desplazarse a España desde el lugar de expedición, directamente o con escalas.
2. en el salvoconducto se hacen constar los datos exactos del vuelo que se va a tomar.
3. el salvoconducto tendrá una vigencia limitada al tiempo estrictamente necesario para el regreso de su titular a España, sin que pueda tener una validez temporal superior a la fecha prevista para la entrada efectiva de su titular en territorio español.
4. es gratuito.
5. es necesario el salvoconducto original. La copia digital no basta pues no es aceptada internacionalmente con carácter general.
6. deberá inscribirse en el registro de matrícula consular (ver punto 4 de este documento de preguntas frecuentes).
 
Le rogamos se ponga en contacto con la sección consular de la embajada en emb.hanoi.vis@maec.es explicando su caso y circunstancias precisas para analizarlo y recibir información sobre cómo realizar su solicitud.
 
La normativa vietnamita no permite la salida de Vietnam a los extranjeros que, aún estando en posesión de un documento de viaje válido y en vigor (como es el caso del salvoconducto), carezcan de un título de permiso de estancia/residencia temporal o residencia permanente expedido por estas autoridades. Por ello, al obtener un nuevo documento de viaje (en este caso, el salvoconducto), los españoles deberán solicitar un permiso de estancia o, más comúnmente conocido como "visado de salida" ante las autoridades de inmigración competentes de Vietnam (departamentos de inmigración de Hanoi, HCMC y Da Nang, o las divisiones de inmigración en otras provincias del país). Para facilitarle este trámite local, la embajada puede emitir una nota verbal dirigida a estas autoridades explicando que, debido a razones de urgencia, se le ha emitido un salvoconducto para regresar a España y solicitando se le expida un "visado de salida" de Vietnam. Para solicitar este “visado de salida”, deberá presentar esta nota verbal junto con el salvoconducto y su billete de avión ante el departamento de inmigración más cercano a su punto de salida del país.
2. En caso de pérdida/sustracción de su pasaporte anterior, debe presentar una denuncia de la pérdida/sustracción ante la comisaría local correspondiente al lugar del suceso. Esta denuncia deberá incluirse en la documentación para la solicitud de visado de salida vietnamita descrito en el punto anterior.
pasaporte provisional
1. no es un pasaporte biométrico: por ello, no es necesario tomar huellas digitales en la embajada en Hanoi, por lo que no es imprescindible el desplazamiento. Pero si no se puede desplazar a la embajada de España en Hanoi, será necesario realizar labores de identificación que requieren la intervención de otras autoridades españolas o  comunitarias.
 
2. es útil para regresar a España y para identificarse localmente. Al no ser un pasaporte biométrico, puede no ser aceptado para algunos trámites (por ej. migratorios, etc…) en algunos países.
 
3. tiene una validez máxima de un año.
 
4. requiere el pago de una tasa consular conforme a la ley 9/11. Actualmente la tasa es de 842.000 VND. Teniendo en cuenta la situación de movilidad interna podrá realizar el pago por transferencia bancaria.
 
5. deberá inscribirse en el registro de matrícula consular (ver punto 4 de este documento de preguntas frecuentes)
 
le rogamos se ponga en contacto con la sección consular de la embajada en emb.hanoi.vis@maec.es
explicando su caso y circunstancias precisas para analizarlo y recibir información sobre cómo realizar su solicitud.
en caso de pérdida/sustracción de su pasaporte anterior, deberá presentar una denuncia ante la comisaría local correspondiente al lugar del suceso. Esta denuncia deberá incluirse en la documentación para la solicitud de “visado de salida” vietnamita descrito en el punto relativo al salvoconducto, si su intención es abandonar Vietnam para volver a España. Si desea permanecer en el país, deberá tramitar un nuevo título de permiso de estancia/residencia temporal o permanente a través de su contraparte local en Vietnam (agencia, empleador, etc.)
pasaporte ordinario
1. sí es biométrico, por lo que es útil para viajar a España o cualquier otro país y para todos los demás trámites habituales en el exterior.
 
2. el pasaporte ordinario es emitido por las autoridades españolas en España, desde donde se envía a la embajada, por lo que la duración del trámite es mayor y puede verse afectada por la movilidad internacional.
 
3. al ser biométrico requiere la toma de huellas dactilares en la embajada de España en Hanoi, donde se encuentran los equipos informáticos oficiales al efecto. Si no puede desplazarse a Hanoi, no es posible tramitar este tipo de documento.
 
4. requiere el pago de una tasa consular conforme a la ley 9/11. Actualmente la tasa es de 842.000 VND. Teniendo en cuenta la situación de movilidad interna podrá realizar el por transferencia bancaria.
 
5. deberá inscribirse en el registro de matrícula consular (ver punto 4 de este documento de preguntas frecuentes)
 
le rogamos se ponga en contacto con la sección consular de la embajada en emb.hanoi.vis@maec.es explicando su caso y circunstancias precisas para analizarlo y recibir información sobre cómo realizar su solicitud.
en caso de pérdida/sustracción de su pasaporte anterior, deberá presentar una denuncia ante la comisaría local correspondiente al lugar del suceso.
esta denuncia deberá incluirse en la documentación para la solicitud de “visado de salida” vietnamita descrito en el punto relativo al salvoconducto, si su intención es abandonar Vietnam para volver a España. Si desea permanecer en el país, deberá tramitar un nuevo título de permiso de estancia/residencia temporal o permanente a través de su contraparte local en Vietnam (agencia, empleador, etc.)
 
 
Para expedir estos documentos de viaje/identificación, con carácter general, debe presentar estos documentos:
 
a.     Documentación para la solicitud de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (RMC) (si no consta inscrito todavía): consulte por favor lo indicado en el apartado relativo a la inscripción en el RMC.
b.     Solicitud de pasaporte provisional o salvoconducto (escriba por favor al buzón emb.hanoi.vis@maec.es para solicitar este formulario).
c.      Escrito explicativo de su solicitud de dicho documento de viaje/identificación
d.     Fotocopia de su pasaporte actual.
e.     Justificante del pago de la tasa de expedición. Para realizar el pago de la tasa para la expedición escriba por favor al buzón emb.hanoi.vis@maec.es para solicitar instrucciones de pago por transferencia bancaria).
 
Una vez expedido el documento de viaje/identificación de su elección conforme a sus circunstancias personales, le enviaremos una copia escaneada para que usted compruebe todos los datos que constan en dicho documento de viaje y que nos indique la dirección postal en la que desea recibirlo. Una vez hecha la comprobación, debe enviarnos por correo postal su pasaporte antiguo para la anulación y, a continuación, al recibir el anterior, le enviaremos ambos pasaportes (nuevo y antiguo anulado) a la dirección indicada por usted.
 
 
 
Para la debida protección de los menores, conforme al ordenamiento jurídico español, la expedición de un documento de viaje (sea pasaporte ordinario, provisional o salvoconducto) para un menor de edad requiere siempre la debida autorización de ambos progenitores/tutores legales de dicho menor, otorgada ante un funcionario público.
 
a.     Todos los españoles que se encuentren en Vietnam pueden realizar su preceptiva identificación como representantes legales del menor y la del menor en cuestión y la prestación de su consentimiento paterno/materno ante un funcionario de carrera de la Embajada de España en Hanoi, y realizar el trámite directamente en la Embajada (con cita previa).
b.     Los españoles que se encuentren en Da Nang pueden realizar su preceptiva identificación como  representantes legales del menor y la del  menor en cuestión y, la prestación de su consentimiento paterno/materno ante el Vicecónsul Honorario de España en Da Nang. Una vez realizada esta identificación y otorgamiento de autorización paterno/materno, se puede enviar la documentación de solicitud de pasaporte por correo postal a la dirección de la Embajada de España en Hanoi (4 Le Hong Phong, Dien Bien, Ba Dinh, Hanoi). No obstante, antes del envío, póngase en contacto con la sección consular de la Embajada por correo electrónico (emb.hanoi.vis@maec.es) para solicitar instrucciones sobre la documentación requerida y el pago de la tasa correspondiente por transferencia bancaria.
c.      Dada la situación extraordinaria existente en HCMC por causa de la situación epidemiológica, los españoles que se encuentren allí o sus alrededores, deberán ponerse en contacto con la sección consular de la Embajada de España en Hanoi, con el fin de analizar posibles alternativas dentro del marco del ordenamiento jurídico español y la cooperación consular UE  que podrían variar según las circunstancias de cada caso concreto.
 
 
   
Las autoridades vietnamitas son las únicas competentes en materia de autorización de entrada, salida, estancia y residencia en Vietnam y sus políticas y decisiones en esta materia son soberanas. En el actual contexto epidemiológico deberá tener en cuenta que estas decisiones, como ocurre en todo el mundo, podrían están sujetas a eventuales cambios por las circunstancias sanitarias extraordinarias provocadas por la Covid-19. Por ello, deberá dirigirse siempre a dichas autoridades para informarse de los requisitos para solicitar el permiso especial de entrada en este país.
 
De acuerdo con las Convenciones de Viena de Relaciones Diplomáticas y Consulares que rigen la actuación de las Embajadas, éstas deben respetar en todo momento las leyes y reglamentos del Estado receptor. Las Embajadas carecen de competencia legal para gestionar la entrada o permanencia en Vietnam de los ciudadanos de su nacionalidad, siendo éste un trámite de la responsabilidad privada del interesado y entre el interesado y las autoridades vietnamitas. 
 
 
 
Las autoridades vietnamitas son las únicas competentes para establecer los requisitos sanitarios (entre ellos, la obligatoriedad de guardar cuarentena y sus condiciones) en este país. Estos requisitos están sujetos a eventual revisión y cambios por estas autoridades en cualquier momento, de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica y son de obligado cumplimiento en Vietnam, antes, durante y después del inicio de la cuarentena, por tanto, esta podría ampliarse o cambiar sus condiciones sucesivamente una vez iniciada. 
 
En todo caso, en la sección de Recomendaciones de Viaje de la página web de nuestra Embajada puede encontrar información orientativa relacionada con esta cuestión, que mantenemos actualizada, debiendo en todo caso remitirse los interesados a la legislación vietnamita y la decisión soberana de estas autoridades en cada momento.
 
 
 
Toda persona que se encuentre en Vietnam está sometida a la jurisdicción de las autoridades vietnamitas, a su legislación y a sus decisiones. Su incumplimiento puede acarrear sanciones importantes. Las Convenciones de Viena de Relaciones Diplomáticas y Consulares obligan también a las Embajadas a desarrollar sus funciones dentro del respeto a las leyes y reglamentos del Estado receptor, Vietnam. El cumplimiento de la legislación local es obligatorio en Vietnam para toda persona que se encuentre en su territorio, con independencia de su nacionalidad. La Embajada no podrá solicitar un trato distinto para los españoles respecto del que es aplicable conforme a la legislación vigente a los propios ciudadanos vietnamitas. Por tanto, la Embajada ruega que se sigan las indicaciones de las autoridades locales en sus desplazamientos internos.
 
Debido a la situación sanitaria causada por la COVID19, la movilidad interna en Vietnam está muy afectada y puede cambiar en cualquier momento. El imprescindible control epidemiológico obliga a cambios en los requisitos y la normativa vigentes prácticamente sin previo aviso, y el ámbito territorial de aplicación puede ser diverso según los casos. Con carácter general, el objetivo es limitar lo máximo posible los desplazamientos no esenciales por el riesgo epidemiológico que entrañan, muy especialmente en los lugares sometidos a confinamientos o cierres perimetrales bajo la aplicación de la Directiva 16.
 
En las Recomendaciones de Viaje puede encontrar enlaces oficiales de las autoridades vietnamitas y mayor información sobre las zonas más afectadas:
 
Respecto a los requisitos sanitarios que podrían exigírsele en un desplazamiento interno, aquí le ofrecemos alguna información de utilidad que no puede ser exhaustiva, pues podría verse afectada por nuevas decisiones de las autoridades locales en cualquier momento según el lugar y la evolución de la situación epidemiológica. 
 
Para cruzar las provincias suele ser necesario al menos TEST RÁPIDO.  El test PCR es más recomendable con carácter general.  Más abajo le remitimos referencias sobre lugares que han estado ofreciendo recientemente servicios de prueba de SARS-CoV-2.
 
En todo caso, además, debe tener en cuenta, que
-        con carácter general, los requisitos epidemiológicos exigibles son una decisión que compete a las autoridades vietnamitas en cada momento y en cada lugar, de acuerdo con la normativa vigente, y dependiendo de la naturaleza del desplazamiento y de la situación sanitaria. Con carácter general, los desplazamientos NO esenciales, según la provincia o la ciudad, podrían llegar a no permitirse en un determinado momento (si se acaba de detectar un brote, por ejemplo) o podrían encontrar dificultades.
 
-        en el caso de los desplazamientos a ciudades con mucha densidad de población, la lógica epidemiológica determina que se haga un especial esfuerzo de control de los desplazamientos, porque éstos suponen un mayor riesgo para todos los habitantes. Consulte, por favor, las Recomendaciones de Viaje, donde encontrará las webs de las principales ciudades e información sobre la situación. Tenga en cuenta que si necesita desplazarse a una gran ciudad para tomar un vuelo internacional, las autoridades locales tienden a preferir los desplazamientos directamente al aeropuerto sin entrar a la ciudad.
 
-        En concreto, los desplazamientos a provincias bajo la Directiva 16 (ver Recomendaciones de Viaje), requieren de un certificado que acredite la naturaleza esencial del desplazamiento. Si su desplazamiento es para tomar un vuelo internacional de regreso a España, por ejemplo, tras las debidas comprobaciones, la Embajada puede emitir un certificado para facilitar que pueda justificar ante las autoridades vietnamitas la naturaleza esencial de su desplazamiento, pero carece de competencia respecto de la decisión final relativa a los requisitos epidemiológicos que puedan exigirle dichas autoridades, que pueden variar según las circunstancias de cada momento. Consulte a la Embajada explicando detalladamente su caso en emb.hanoi.vis@maec.es para solicitar dicho certificado.
 
Por favor consulte la pregunta número 3 para encontrar una lista no exhaustiva de centros médicos en los que podrá realizar pruebas PCR.
 
En todo caso, si su desplazamiento interno es para tomar un vuelo internacional, necesitará PCR para volar, pues las aerolíneas se lo requerirán con una determinada antelación. Debe consultar con su aerolínea estos requerimientos. Aquí encontrará los datos de contacto de algunas aerolíneas internacionales para su mayor facilidad de consulta. Tenga en cuenta por favor los requisitos exigidos por España (ver pregunta 1)  (si aporta PCR, el plazo máximo es de 72 horas).
 
Información de la tabla
COMPAÑÍA AÉREA
CONTACTO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN
AIR FRANCE
024 38253484 (Hanoi)
028 38290981 (HCM)
QATAR
028 38273888 
ASIANA
19004798
NIPPON JAPAN
190-023-2442
024 39262808 (Hanoi)
028 38219612 (HCM)
 
En las Recomendaciones de Viaje encontrará la información actualizada sobre movilidad interna en Vietnam y enlaces de interés de las autoridades vietnamitas para su mayor facilidad.
 
 
 
10.1.       ¿Pueden los extranjeros vacunarse en Vietnam dentro del Plan Nacional de Vacunación Vietnamita?
 
La Decisión 3355/QD-BYT incluye en el Plan Nacional de Vacunación de Vietnam a los “expertos extranjeros que trabajan en Vietnam”. En el deseo de esta Embajada de facilitar información de interés a los españoles en Vietnam y de colaborar con las autoridades vietnamitas en la lucha común contra la pandemia, la Embajada ha realizado una consulta formal al Ministerio de Sanidad de Vietnam sobre el alcance de dicha expresión. En respuesta formal con entrada en esta Embajada el 31/07/2021, éste indica que, sobre la determinación de “expertos extranjeros que trabajan en Vietnam regulada en la Decisión 3355/QD-BYT, ésta rige de acuerdo con el punto 3 del art. 3 del Decreto 152/2020/ND-CP de fecha 15.02.20, en la que se establece la regulación sobre trabajadores extranjeros que trabajan en Vietnam y la selección y gestión de trabajadores vietnamitas que trabajan para las organizaciones y particulares extranjeros en Vietnam” .
 
10.2.       ¿Cómo puedo vacunarme dentro del Plan Nacional de Vacunación de Vietnam?
 
 En la respuesta formal del Ministerio de Sanidad de Vietnam citada anteriormente, las autoridades vietnamitas han señalado que “los extranjeros residentes en Vietnam pueden, directamente o a través de las organizaciones o unidades donde estén trabajando, inscribirse en el registro de vacunación a través del portal de información de vacunación COVID19 www.tiemchungcovid19.gov.vn o descargar la aplicación en el teléfono a través de la página web: http://hssk.kcb.vn/#/sskdt”.
 
Las autoridades locales de cada ciudad adoptarán las decisiones correspondientes para organizar la vacunación en el territorio de cada ciudad / provincia. Las personas que deseen vacunarse deben estar atentas a las indicaciones de las autoridades locales de su lugar de residencia. Por favor, diríjase a las autoridades locales para conocer la planificación exacta vigente en cada lugar.
 
Además, con fecha 26.07.21 tuvo entrada en esta Embajada comunicación oficial de las autoridades de HCMC que indicaba que “los ciudadanos extranjeros residentes en la Ciudad se vacunarán contra la Covid19 próximamente.” 
 
La Embajada carece de competencia para dar más aclaraciones a consultas individuales o casos concretos al respecto de esta normativa y procedimiento de las autoridades locales. Por favor, diríjase a las autoridades vietnamitas a tal efecto
 
10.3.       ¿Debo vacunarme?
 
De acuerdo con la legislación española, la vacunación es voluntaria. Por ello, esta Embajada legalmente no puede emitir recomendaciones ni peticiones al respecto, pues se trata de una decisión individual de la plena responsabilidad de cada persona, conforme a sus propias circunstancias (médicas, profesionales, familiares, etc…).
 
Para facilitarle una toma de decisión informada le facilitamos los enlaces de la Organización Mundial de la Salud y del Ministerio de Sanidad de España, donde encontrará más información sobre la vacunación y los distintos tipos de vacunas:
 
 
 
 
Desde el punto de vista de la legislación española, por el momento está disponible la información relativa al reconocimiento de los certificados de terceros estados para la entrada en España: de forma resumida (a título meramente orientativo y no sustitutivo del criterio de los órganos sanitarios competentes en España) es la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad español, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, que regula las características del certificado de vacunación en su 6º artículo, de acuerdo con las siguientes pautas:
 
ü  El certificado debe confirmar que el titular ha recibido la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19. Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.  En estos enlaces puede comprobar cuáles son los  tipos de vacunas que tienen autorización de:
ü  El certificado solo tendrá validez a partir de los 14 días posteriores a la administración de la pauta completa de vacunación.
ü  El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información: 1. Nombre y apellido del titular. 2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada. 3. Tipo de vacuna administrada. 4. Número de dosis administradas/pauta completa. 5. País emisor. 6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación".
ü   Además, en su apartado 6º establece que los certificados deberán estar redactados en español, inglés, francés o alemán. En caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial...."
 
Por favor, tenga en cuenta que esta información no prejuzga la decisión de las autoridades sanitarias españolas y solo tiene carácter orientativo.
 
Las Embajadas no tienen competencia para emitir certificados europeos de vacunación.
   
 
 
A título orientativo, también le facilitamos la consulta a la página web del Ministerio de Sanidad de España sobre las vacunas que se administran en España para su información.
 
 
 
Para obtener información puede acudir a las siguientes vías:
1.     Puede revisar nuestra página web con las Recomendaciones de Viaje, especialmente el apartado de Notas Importantes, donde la Embajada va actualizando las informaciones más relevantes de fuentes oficiales sobre la evolución de la pandemia y cuestiones relacionadas.
2.     También puede consultar nuestra página web sobre Preguntas Frecuentes, donde encontrará información de interés sobre trámites consulares y otros aspectos relacionados con la pandemia y la vacunación en Vietnam, y que actualizamos regularmente.
3.     A los españoles inscritos en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada les enviamos también con regularidad información práctica de posible interés. Si se encuentra en Vietnam y desea recibir estos correos, debe darse de alta en el Registro de Matrícula Consular (puede hacerlo como No Residente). Por favor consulte cómo hacerlo en la página web, en Preguntas frecuentes, o envíenos un correo electrónico.
4.     Si por estas tres vías anteriores no ha encontrado la información que necesita, puede enviarnos su consulta particular a: emb.hanoi.vis@maec.es. Rogamos que, antes de remitir su consulta, revise por favor antes las Recomendaciones de Viaje y las Preguntas Frecuentes. En la mayoría de los casos encontrará la información actualizada que necesita.
 
  
 
Para consultas de otra índole, rogamos escriba a los siguientes buzones de correo electrónico:
-          emb.hanoi.rgc@maec.es (para asuntos relacionados con el registro civil)
-          emb.hanoi.vis@maec.es (para otros asuntos consulares que no estén relacionados con el registro civil)