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Elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020 (Atención: fechas modificadas tras Acuerdo 73/2020 de la Junta Electoral Central ampliando plazos)

21 de mayo de 2020
 ELECCIONES AL PARLAMENTO DEL PAÍS VASCO Y AL PARLAMENTO DE GALICIA, 12 de julio 2020
 
INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO ELECTORAL
  
 
El próximo 12 de julio de 2020 se celebrarán elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia, según convocatoria publicada en el Boletín Oficial del País Vasco número 94, Decreto 11/2020, y en el Diario Oficial de Galicia número 96, Decreto 72/2020, ambos de fecha 18 de mayo.
 
¿Quiénes pueden votar desde Guatemala?
 
  • Los españoles residentes en Guatemala que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente en las Elecciones al Parlamento del País Vasco y del Parlamento de Galicia.
  • Los electores españoles residentes en España e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en Guatemala durante el periodo de las Elecciones al Parlamento del País Vasco y del Parlamento de Galicia e inscritos en el CER
 
*        AVISO IMPORTANTE: El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de marzo de 2020. A este censo se incorporarán las reclamaciones que resulten estimadas.
 
A.      ESPAÑOLES RESIDENTES EN GUATEMALA (que estén inscritos en el CERA de estas elecciones por algún municipio de Galicia o el País Vasco)
 
1)    Consulta de listas y reclamaciones:
 
Plazo: 25 de mayo al 1 de junio (ambos inclusive).
 
Los electores españoles residentes permanentes en Guatemala podrán comprobar su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a través de dos vías:
 
    • Mediante consulta presencial de las listas del Censo Electoral expuestas en la Sección Consular de la Embajada de España en Guatemala (6ª. Calle 6-48, zona 9, Ciudad de Guatemala). Habida cuenta de las circunstancias actuales y restricciones presidenciales vigentes en el país, dicha consulta podrá realizarse también por medios informáticos, previa identificación de los interesados, dirigiéndose al email emb.guatemala@maec.es.
 
Si al consultar las listas, hubiera algún dato que haya cambiado o no sea correcto, así como en el caso de que el elector no aparezca en las mismas, se debe presentar una reclamación. Las reclamaciones deben hacerse personalmente en el periodo del 25 de mayo al 1 de junio de forma presencial en la Embajada de España. Deberá cumplimentarse el oportuno formulario oficial (impreso CERA-R17), que estará disponible en esta Representación, y debe ir acompañado de alguno de los siguientes documentos: DNI, Pasaporte o permiso (licencia) de conducir español.
 
El horario de consulta y reclamación de listas electorales de españoles residentes en el plazo indicado será: de 09:00 h. a 13:00 h., incluido el fin de semana y el lunes 1 de junio, último día del período de reclamación de votantes CERA.
 
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral resolverá las reclamaciones que se hayan presentado y resolución de dichas reclamaciones al Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) se expondrá al público en la Sección Consular de esta Embajada el viernes 5 de junio, en horario de 9 a 13 horas.
 
2)    Solicitud de la documentación electoral
 
Plazo: del 25 de mayo  al 16 de junio (ambos inclusive)
 
Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar por sí mismo la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado. El formulario de solicitud, que se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA, podrá encontrarlo tanto en el siguiente enlace (http://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/eleccionesparlamentosPvyG-2020.aspx) así como obtenerse ya impreso en la Sección Consular de esta Embajada.
 
            Impresos de solicitud para los electores residentes en el extranjero (CERA) Elecciones al Parlamento del País Vasco
            Impresos de solicitud para los electores residentes en el extranjero (CERA) Elecciones al Parlamento de Galicia  
Una vez firmada y cumplimentada la solicitud, el elector podrá proceder al envío del mismo por Internet desde el enlace https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/0000401/ (solamente si dispone de certificado electrónico y ya figura en el CERA vigente a la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación), por correo postal, o por fax (los direcciones y números de las Delegaciones Provinciales de la OCE se encuentran disponibles en el enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm), a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) correspondiente al municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Álava, Guipúzcoa o Vizcaya, o La Coruña, Lugo, Orense o Pontevedra), no más tarde del día 13 de junio, adjuntando fotocopia del pasaporte, DNI o permiso de conducir, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por su Oficina Consular en el país de residencia.
De acuerdo con las instrucciones de la Oficina del Censo Electoral, se recuerda que son los propios electores CERA y no las Oficinas Consulares quienes deberán enviar sus solicitudes de documentación electoral a las Delegaciones Provinciales de la OCE.
 
Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá directamente la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, no más tarde del día 22 de junio, o del día 30 de junio si hubiera impugnación de candidatos, acompañada de una hoja informativa en la que se indica cómo votar (art. 75.3 LOREG).
 
Se informa de que las solicitudes de voto realizadas para los procesos electorales suspendidos no son válidas para esta convocatoria.
 
3)    Ejercicio del voto 
 
Recibida la documentación electoral, el elector podrá ejercer su derecho de sufragio a través de una  de las siguientes opciones:
 
·         EN URNA: depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa, en la urna de la Sección Consular de la Embajada de España en Guatemala (6ª. Calle 6-48, zona 9, Ciudad de Guatemala), durante los días 8, 9, 10, 11, y 12 de julio. Para depositar el voto en urna, el elector debe acreditar su identidad ante el funcionario consular mediante pasaporte, DNI, o en su defecto certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular; y tendrá que entregar al funcionario consular un certificado de inscripción en el censo electoral (remitido por la OCE junto con el resto de documentación para votar).
* Existe la posibilidad de que dicho plazo se ampliara de forma extraordinaria hasta el 12 de julio (fin de semana), si bien dicha opción queda pendiente de ser aprobada por la Junta Electoral en España y no está confirmada a día de hoy.
 
·         POR CORREO CERTIFICADO: enviar su voto por correo certificado remitido a de la Embajada de España en Guatemala (6ª. Calle 6-48, zona 9, Ciudad de Guatemala), siguiendo rigurosamente las instrucciones de la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la OCE, y no más tarde del día 11 de julio.
 
B.      ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN ESPAÑA QUE SE ENCUENTRAN TEMPORALMENTE EN GUATEMALA (ERTA)
 
Aquellos electores que, residiendo en España,  se encuentren temporalmente en Guatemala,  una vez efectuada la convocatoria electoral, y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
 
1)    Inscribirse como “no residentes” en el Registro de Matrícula Consular de la Sección Consular de esta Embajada, si aún no lo estuvieran, con carácter previo a la tramitación por parte de esa Oficina Consular de la solicitud de documentación electoral. Si el interesado no figurara inscrito en el Registro de Matrícula Consular, podrá inscribirse como no residente en el mismo momento que presente la solicitud de la documentación para votar.
 
2)    Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la OCE, no más tarde del día 16 de junio, cumplimentando el impreso oficial disponible en la página Web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación: http://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/eleccionesparlamentosPvyG-2020.aspx y en los siguientes enlaces:
 
 
Dicho formulario  también se encuentra disponible, en versión impresa,  en la Sección Consular de esta Embajada. El mismo  consta de un ejemplar para la Delegación Provincial de la OCE y otro ejemplar para el interesado/a.
El elector, previa identificación mediante la exhibición de su DNI o pasaporte español,  deberá entregar personalmente su solicitud cumplimentada en la Sección Consular de esta Embajada para darle el trámite de envío correspondiente.
 
3)    Una vez presentada la solicitud en la Embajada, la Delegación Provincial de la OCE remitirá al elector, por correo certificado, a la dirección en Guatemala indicada en su solicitud, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa no más tarde del día 22 de junio, o del día 30 de junio si hubiera impugnación de candidatos.
 
4)    Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del día 8 de julio. Será indispensable para la validez del voto que conste claramente en el sobre dirigido a la mesa electoral el matasellos o inscripción oficial de una oficina de correos que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto ya que el cumplimiento de este requisito temporal es indispensable para la validez del voto.
 
C.      ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN GUATEMALA (que estén inscritos en el CERA de estas elecciones por algún municipio de Galicia o el País Vasco) Y QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA
 
Aquellos electores residentes en Guatemala inscritos en el CERA que se encuentren temporalmente  en España durante este período electoral podrán asimismo ejercer su derecho de sufragio solicitando en cualquier oficina de Correos de España el voto por correo desde la fecha de la convocatoria electoral y hasta el 2 de julio inclusive. 
 
Una vez recibida la documentación en la dirección en España que haya señalado en su solicitud, deberá de enviar su voto a su mesa electoral por correo certificado no más tarde del 8 de julio. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral y este procedimiento de voto no implica su baja en CERA.
 
 
Para más información, diríjase a la Sección Consular de la Embajada de España en 6ª calle, 6-48, zona 9. Ciudad de Guatemala, a su correo electrónico: emb.guatemala@maec.es; teléfono (+502) 23793530.
 
También puede informarse en las siguientes páginas web: www.infoelectoral.interior.es;  www.exteriores.gob.es;  www.ine.es; www.xunta.gal, www.euskadi.eus