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Elecciones Asamblea de Madrid

15 martie 2021
El próximo 4 de mayo de 2021 se celebrarán elecciones a la Asamblea de Madrid según convocatoria publicada el 11 de marzo de 2021 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 59, por Decreto 15/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

 

Los ciudadanos españoles cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en la Comunidad de Madrid y que figuren inscritos en el Registro de Matrícula Consular (RMC) de esta Embajada como residentes o como no residentes, podrán ejercer su derecho al voto en estos comicios, aunque con variantes en el procedimiento.

 

El plazo límite para solicitar la documentación electoral para votar, tanto para residentes como para no residentes, es el 5 de abril (inclusive).   

 

RESIDENTES

 

Los españoles residentes en el extranjero que deseen ejercer el derecho de sufragio deberán figurar en el “Censo electoral de residentes ausentes” (CERA) de estas elecciones. Las listas electorales vigentes para estas elecciones son las cerradas a 1 de enero de 2021. Este censo incluye las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación y no tiene en cuenta los cambios en el municipio de inscripción producidos en el censo electoral en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria. A este censo se incorporarán las reclamaciones que resulten estimadas.

 

Para ejercer el derecho a voto en estas elecciones, los pasos a seguir son los siguientes:

 

1.         CONSULTAR EL CENSO ELECTORAL Y REALIZAR LAS RECLAMACIONES PARA RECTIFICARLO DEL 17 AL 24 DE MARZO (AMBOS INCLUSIVE).  La Sección Consular de esta Embajada mantendrá un servicio de consulta de las listas del censo del miércoles 17 al miércoles 24 de marzo (ambos inclusive), según sigue:

- los días: 17.03 (miércoles), 18.03 (jueves), 22.03 (lunes), 23.03 (martes) y 24.03 (miércoles), en horario de 09:00 a 15:00,

- los días: 19.03 (viernes), 20.03 (sábado) y 21.03 (domingo), en horario de 11:00 a 13:00.

 

Asimismo, será posible la consulta en la página web del INE  para aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE (por ejemplo, un DNI electrónico). Dentro de este plazo (del 17 al 24 de marzo únicamente) cualquier residente interesado podrá presentar personalmente reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren. 

 

  

2.         SOLICITAR LA DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR HASTA EL 5 DE ABRIL. El impreso de solicitud de documentación para votar se remitirá de oficio a los españoles inscritos en el CERA. Dicho formulario de solicitud  se encuentra además disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y en esta Sección Consular. Todo elector residente, tanto el que figure correctamente en las listas como el que formule reclamación, deberá solicitar la documentación para votar mediante el citado impreso oficial.

 

Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación), por correo postal, o por fax (enlace con los números de fax), a la Delegación de la OCE de Madrid, no más tarde del día 5 de abril, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por su Oficina Consular en el país de residencia.

 

Para la solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico o Sistema Cl@ve, en este proceso también estará disponible la opción de solicitar la CTT (clave de tramitación telemática que posibilita la solicitud del voto) a través de la página web del INE, sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la OCE con el impreso oficial de solicitud, y que lleva impresa esa misma CTT.

 

Con su identificador (DNI o Pasaporte español) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en el siguiente enlace , el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.

 

Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.

 

Se recuerda que este trámite de solicitud del voto ha de realizarlo personalmente el interesado por alguna de las vías señaladas, sin intervención de esta Sección Consular.

 

La Delegación Provincial de la OCE que corresponda remitirá a la dirección de la inscripción del elector la documentación para que pueda votar, no más tarde del día 14 de abril (o del día 22 de abril, si hay impugnación de candidatos).

 

 

3.         VOTAR. Los electores residentes disponen de dos modalidades para ejercer su derecho de sufragio:

 

a) DEPOSITAR EL VOTO EN URNA: los días VIERNES 30 ABRIL, SABADO 1 Y DOMINGO 2 DE MAYO, los residentes podrán depositar su voto en urna en la Sección Consular de la Embajada. El horario de apertura de la Sección Consular para este efecto se indicará posteriormente. 

 

b) ENVIAR EL VOTO POR CORREO CERTIFICADO: podrán enviar su voto por correo certificado a la Sección Consular de esta Embajada, NO MÁS TARDE DEL DÍA 29 DE ABRIL.

  

Los electores CERA que se encuentren temporalmente en España podrán solicitar el voto por correo en cualquier Oficina de Correos hasta el 24 de abril, sin que ello suponga su baja en el CERA. Una vez recibida la documentación electoral en la dirección en España, podrán enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del día 30 de abril. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.

 

NO RESIDENTES

 

Los españoles que residan en la Comunidad de Madrid y que se encuentren temporalmente en Rumanía o en la República de Moldavia pueden votar en estas elecciones. Los pasos a seguir son los siguientes:

 

 

1.         INSCRIBIRSE EN EL RMC COMO “NO RESIDENTE” (paso previo obligatorio) en la Sección Consular de la Embajada de España en Bucarest. En el siguiente enlace encontrarán la información para poder inscribirse como “no residente”. 

 2.        ENTREGAR PERSONALMENTE LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR en la Sección Consular. El formulario para realizar la solicitud estará disponible en esta Sección Consular y en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

 

La fecha límite para entregar la solicitud de documentación para votar será el lunes, 5 de abril. El horario de atención al público es de lunes a jueves de 09:00 a 15:00, los viernes de 09:00 a 13:30, salvo el viernes (2 de abril), el sábado (3 de abril) y el domingo (4 de abril) cuyo horario es de 11:00 a 13:00.

 

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) remitirá al elector por correo certificado, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto, no más tarde del día 14 de abril (o del día 22 de abril, si hay impugnación de candidatos).

 

3.         Una vez recibida la documentación en su domicilio, los electores deberán ENVIAR directamente por su cuenta EL VOTO A SU MESA ELECTORAL, por correo certificado, no más tarde del 30 de abril.

 

 ***

 

Le recordamos que, en el supuesto de querer ejercer su derecho de sufragio, deberá respetar rigurosamente los plazos indicados, en función del grupo de electores desde el exterior al que pertenezca.

 

Podrá encontrar más información en los siguientes enlaces: 

 

 

Para cualquier aclaración al respecto, no dude en llamarnos al + 40 21.318.10.85 o escribir un correo electrónico a emb.bucarest.info@maec.es.

 

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NOTA: La información sobre la convocatoria electoral a la Asamblea de Madrid, se halla disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en forma de preguntas frecuentes.

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