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Elecciones al Parlamento Europeo, Autonómicas y Municipales de 26 de mayo de 2019

22 de mayo de 2019
El 26 de mayo se celebran elecciones municipales, al Parlamento Europeo, a las Asambleas de Ceuta y Melilla y a  las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla - La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra, de Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza y de entidades locales menores de Aragón, Asturias, Castilla - La Mancha, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, Madrid y Navarra. 
LOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PODRÁN VOTAR EN LAS ELECCIONES AUTONÓMICAS ( SIEMPRE QUE ESTÉN INSCRITOS EN UNA PROVINCIA DE ALGUNA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS CITADAS),  Y EN LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO, PERO NO EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES.
Se recomienda la lectura de los consejos publicados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en esta página https://bit.ly/2KjM7xf .
 
Los plazos a tener en cuenta son los siguientes:
a) Inscritos como residentes en esta Embajada:
  • Censo electoral: cerrado a 1 de febrero de 2019.
  • Exposición de listas y reclamaciones en persona por ausencia, error o modificación de censo: del 8 al 15 de abril, en horario habitual de 9:00 a 14:00, salvo los días 13 y 14 de abril (sábado y domingo), en que se abrirá de 10:00 a 13:00. Si la reclamación realizada para las elecciones a Cortes Generales  y las Corts Valencianas de 28 de abril fue estimada, no es necesario formular una nueva reclamación pues el censo ya se ha corregido.
  • Solicitud de la documentación para votar (por correo, fax o vía telemática): no más tarde del 27 de abril. Se recuerda que la vía telemática puede hacerse tanto con la clave CTT (la recibida para las elecciones a Cortes Generales y Valencianas también es válida) como con certificado electrónico, el cual puede obtenerse siguiendo el procedimiento previsto en este enlace https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica, que incluye la verificación de identidad ante esta Embajada. No es posible presentar la solicitud directamente ante la Embajada.
  • Voto a través del Consulado, una vez recibida la documentación electoral:
    • Por correo postal: deberá constar su envío a la Oficina Consular no más tarde del martes 21 de mayo.
    • En persona (depósito del voto en urna): miércoles 22 de mayo, jueves 23 de mayo y viernes 24 de mayo, de 9:00 a 17:30; sábado 25 de mayo y domingo 26 de mayo, de 10:00 a 13:00.
b) Inscritos como no residentes en esta Embajada:
  • Inscripción previa y solicitud de voto en persona: hasta el 27 de abril.
  • Nota: aparte del horario habitual, se abrirá el sábado 27 de abril de 10:00 a 13:00 horas. 
  • Únicamente se podrá votar mediante  correo postal a España, que deberá ser enviado no más tarde del 22 de mayo. No existe posibilidad de voto en urna.
c) Inscritos como residentes en esta Embajada que temporalmente se encuentren en España durante el proceso electoral.
  • Solicitud de la documentación para votar, en persona, en cualquier oficina de Correos de España: no más tarde del 16 de mayo.
  • Voto por correo postal en España: no más tarde del 22 de mayo.
  • Esta modalidad no supone la baja en el censo CERA, si bien no permite votar en la Embajada siguiendo el procedimiento ordinario de votantes CERA.