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INFORMACIÓN CORONAVIRUS

2 de julio de 2020

Información actualizada disponible en los siguientes vínculos:

 

 

COVID-19: PREGUNTAS FRECUENTES
 
-          ¿Puedo entrar en España si viajo desde un país de la UE, Suiza, Noruega, Liechtenstein, Islandia o Reino Unido?
Sí. Cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, podrá entrar en España siempre que el punto de partida de su viaje se encuentra en alguno de estos países.
-          ¿Puedo entrar en España si viajo desde otros países?
 
Si Ud. es nacional de un tercer estado, únicamente podrá entrar en España si pertenece a una de las siguientes categorías:
 
·         Residente en UE, Estados asociados Schengen (Suiza, Noruega, Liechtenstein, Islandia), Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino;
·         Titulares de un visado de larga duración expedido por país de la UE o asociado Schengen;
·         Trabajadores transfronterizos;
·         Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios y profesionales del cuidad de mayores, que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral;
·         Personal dedicado al transporte de mercancías en el ejercicio de su actividad laboral, tripulantes de buques y personal de vuelo;
·         Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil, y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones;
·         Estudiantes que realicen estudios en países UE o asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado;
·         Trabajadores altamente cualificados;
·         Trabajadores de temporada del sector agrícola;
·         Residentes en Australia, Canadá, Georgia, Japón, Montenegro, Nueva Zelanda, Ruanda, Serbia, Corea del Sur, Tailandia, Túnez y Uruguay. También los de Argelia, Marruecos y China, si bien sujetos al principio de reciprocidad;
·         Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados;
·         En casos de fuerza mayor, situación de necesidad, o por motivos humanitarios, debidamente justificados.
 
-          ¿Seré sometido a algún tipo de control sanitario al entrar en España?
 
Si Ud. accede a territorio español por mar o aire, se le tomará la temperatura y será sometido a un control visual, con el fin determinar la existencia de síntomas de COVID-19 u otra patología transmisible.
 
Asimismo, a su llegada a España por mar o aire, deberá cumplimentar un formulario de salud pública, disponible en www.spth.gob.es o mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-Sp TH. Puede rellenar dicho formulario online a partir de 48 horas antes de su llegada a España, obteniendo posteriormente un código QR, que deberá presentar a su llegada al país. Alternativamente las empresas de transporte de pasajeros proporcionarán dicho formulario previamente a la llegada.
 
-          ¿Tengo la obligación de estar en cuarentena al llegar a España?
Actualmente no existe obligación de cuarentena tras la llegada a España. No obstante, si en los controles sanitarios en el momento de la entrada se detecta la existencia de síntomas de COVID-19 u otra enfermedad transmisible, se deberá atender a las indicaciones del personal sanitario.