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ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: REQUISITOS DE ENTRADA EN ESPAÑA



28 de octubre de 2022

El 21 de octubre de 2022 entró en vigor una Resolución de la Dirección General de Salud Pública por la que desaparecen los controles sanitarios por COVID-19 en los puntos de entrada en España, con el fin de favorecer la normalización de la movilidad internacional. 


ATENCIÓN: La supresión de estos controles no implica que no sea necesario contar con certificado Covid, que se le puede solicitar en cualquier momento, de acuerdo con la Orden INT/657/2020. 

Por tanto, en general, los viajeros mayores de 12 años que entren en España desde Serbia o Montenegro, deberán portar uno de los siguientes certificados: 
➡️ Certificado de vacunación completa (incluida, en su caso, dosis de refuerzo);
➡️ Certificado de prueba diagnóstica PCR, con resultado negativo, hecha dentro de las 72 horas anteriores a la salida; 
➡️ Certificado de prueba diagnóstica de antígenos, con resultado negativo, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 24 horas anteriores a la salida.
➡️ Certificado de recuperación (validez de 180 días).

EXCEPCIÓN: Los ciudadanos españoles, los residentes permanentes en la Unión Europea y aquellos que integren algunas de las categorías exceptuadas en la mencionada Orden, no tendrán obligación de portar ninguno de los certificados anteriores.  ​