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ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA DEL 19 DE JUNIO DE 2022

29 de abril de 2022

1. Introducción

El próximo 19 de junio de 2022 se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía. El censo electoral vigente para estas elecciones es el de los municipios que se encuentran en las siguientes provincias de la Junta de Andalucía: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

2. Consulta de las listas del censo electoral de los españoles residentes en el extranjero inscritos en el CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes)

Con el fin de que los electores puedan comprobar su inscripción en el censo electoral, las listas del censo electoral permanecerán expuestas en la Sección Consular del lunes 2 de mayo al lunes 9 de mayo, ambos inclusive, de acuerdo con los siguientes horarios:

2, 7 y 8 de mayo de 2022 de 10:00 a 13:00h.

3, 4, 5 y 6 de mayo de 2022 de 09:00 a 15:00h.

En este plazo los electores podrán consultar sus datos por vía presencial, telefónica o electrónica y presentar la oportuna reclamación ante la Embajada en Atenas en caso de no aparecer en las listas o de figurar con datos erróneos o incompletos. Asimismo, dicha consulta podrá hacerse por vía telemática en el caso de personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del Instituto Nacional de estadística (INE) en la dirección: https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones En caso de hacer la consulta de modo presencial en la Sección Consular de esta Embajada, el elector deberá aportar original y fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de conducir español.

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de febrero de 2022. Los residentes inscritos en esta Sección Consular en fecha posterior deberán presentar reclamación para poder solicitar el voto.

3. Solicitud de voto

De acuerdo con la Ley Electoral, los electores del CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes) no reciben de oficio la documentación para votar, sino que deberán solicitarla los electores de modo expreso (y NO la Embajada) no más tarde del 21 de mayo, mediante el impreso de solicitud de voto que será enviado por correo desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) que les corresponda al elector o que los electores pueden enviar de oficio cumplimentando el formulario que se encuentra aquí.

Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria), por correo postal, o por fax (los números se encuentran disponibles en este enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm ), a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente al municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla), no más tarde del día 21 de mayo, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por su Oficina Consular en el país de residencia. 

Para la solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico o Sistema Cl@ve, se puede solicitar la clave de tramitación telemática (CTT), que posibilita la solicitud del voto a través de la web del INE. Esta se podrás solicitar desde el mismo día de la convocatoria y sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la OCE con el impreso oficial de solicitud, y que lleva impresa esa misma CTT.

Con su identificador (DNI o pasaporte español) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en el siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/consultaCTTVotoCera el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.

Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA" de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT", sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.

Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, no más tarde del día 30 de mayo, o del día 7 de junio si hay impugnación de candidatos, acompañada de una hoja informativa en la que se indica cómo votar.

Los electores que presenten reclamación de alta/modificación en el CERA (entre el 2 y el 9 de mayo de 2022) deberán cumplimentar el impreso de solicitud de voto junto al formulario de reclamación y enviarlo no más tarde del 21 de mayo.

 4. Votación 

Recibida la documentación electoral, el elector dispone de las siguientes opciones:

Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa que recibe el elector. En dicha hoja informativa se indicará asimismo al elector cómo debe acreditar su identidad en caso de que opte por votar mediante el depósito del voto en la urna habilitada en esta Sección Consular, durante los días miércoles 15, jueves 16 y viernes 17 de junio de 2022. El 15 y 16 de junio se podrá depositar el voto en la Embajada de 09:00h a 15:00h y el 17 de 09:00h a 12:00h.

A la hora de votar, el elector deberá seguir escrupulosamente las instrucciones contenidas en la hoja informativa que les remitirá la Oficina del Censo Electoral (OCE) correspondiente aportando la documentación requerida, junto con las papeletas de votación, siendo indispensable que el elector utilice las que haya recibido por correo en su domicilio en Grecia puesto que la Embajada no dispone de papeletas de votación.

Alternativamente, el elector podrá enviar su voto por correo certificado a esta Sección Consular, no más tarde del día 14 de junio.  Es indispensable que conste la fecha de envío en el matasellos.

5. Electores del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) en España

Si algún elector del CERA inscrito en un municipio de Andalucía se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 9 de junio, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) de su provincia de inscripción.

Recibida la documentación electoral en la dirección en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, hasta el 15 de junio incluido. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral. 

6. Electores españoles residentes en Andalucía y temporalmente en el extranjero (ERTA) 

Los españoles residentes en Andalucía que temporalmente se encuentren en el extranjero que deseen votar desde el exterior deberán inscribirse, si no lo estuvieran, como “no residentes" en el Registro de Matrícula de esta Sección Consular y solicitar la documentación para votar no más tarde del día 21 de mayo. El impreso de solicitud ERTA que debe cumplimentarse se puede bajar aquí 

La Sección Consular de la Embajada permanecerá abierta el sábado 21 de mayo de 10:00h a 13:00h, último día del plazo para que los electores temporalmente en el extranjero (ERTA) puedan solicitar su documentación electoral.

Una vez solicitada la documentación para votar, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) remitirá al interesado la documentación para votar por correo certificado no más tarde del día 30 de mayo, o del día 7 de junio si hubiera impugnación de candidatos. Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España por correo certificado hasta el 15 de junio incluido.

7. Datos de contacto

Para resolver cualquier duda adicional pueden ponerse en contacto con la Sección Consular de esta Embajada:

Sección Consular. Embajada de España

21 Dionysiou Areopagitou, 11742 ATENAS

Tel: 210-9213123. Fax: 210-9213090

emb.atenas.consular@maec.es

Disponen asimismo de información adicional en las siguientes páginas Web:

https://www.ine.es

https://www.juntadeandalucia.es 

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