La información que se proporciona en este apartado es de carácter general, meramente orientativa y se basa en información proporcionada a esta Embajada por diversas fuentes oficiales y no oficiales y puede estar sujetas a cambios en cualquier momento. Esta Embajada no es por ello responsable de cualquier inexactitud o falta de actualización en esta información. Los ciudadanos españoles que deseen obtener más información respecto de los datos contenidos en este apartado deben ponerse en contacto con la autoridad local competente.
Recuerde siempre que antes de firmar un contrato de trabajo, usted debe verificar que cumple con la legislación local vigente. Puede obtener más información en el enlace del Ministerio de Trabajo de los Emiratos Árabes Unidos.
RESIDIR EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
Para establecer su residencia permanente en Emiratos Árabes Unidos, es obligatorio estar en posesión de un visado de residencia.
Esta Embajada no puede responder a cuestiones relacionadas con los visados de residencia en Emiratos Árabes Unidos, por lo que debe dirigir sus preguntas a las autoridades locales de inmigración y residencia, que son las únicas competentes en la materia. A continuación enlaces con información detallada sobre el procedimiento que debe seguir para tramitar su residencia en este país:
- En Dubai: www.dubai.ae
- En Sharjah:
En Ajman:
- En Umm Al Qwain:
Para información complementaria o trámites en otros Emiratos, contacte con Ministerio de Interior: https://www.moi.gov.ae/en/ Recuerde siempre que,
padecer determinadas enfermedades infecciosas puede impedir la obtención o renovación del visado de residencia. Puede consultar la relación de dichas enfermedades en la página del Ministerio de Sanidad emiratí (
https://www.mohap.gov.ae/en/).
Una vez obtenido el visado de residencia, usted debe solicitar la tarjeta de identidad emiratí ("
Emirates ID"). Puede obtener información al respecto en el enlace siguiente:
http://www.emiratesid.gov.ae/en/La obtención del visado de residencia requiere en todo caso de la presentación de documentación española debidamente legalizada (títulos académicos, certificados de matrimonio y/o nacimiento, etc.). Puede encontrar toda la información sobre legalización de sus documentos en el apartado "Servicios Consulares en Abu Dhabi" de esta página Web.
ALOJAMIENTO EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
De acuerdo con la Ley española y con las instrucciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, la Embajada de España en Abu Dhabi no asiste a aquellos ciudadanos que solicitan ayuda para encontrar alojamiento en Emiratos Árabes Unidos (ya sea de largo o de corto plazo), ya que ni dispone de bolsa de alojamiento ni puede garantizar la fiabilidad de los portales que ofertan viviendas en este país.
A continuación encontrará un listado de agencias inmobiliarias establecidas en Emiratos Árabes Unidos. Este listado es estrictamente orientativo, no exhaustivo y con carácter meramente informativo. Esta Embajada no se responsabiliza, en ningún caso, de la calidad de los servicios prestados por las empresas en él incluidas, de la integridad de las personas que aparecen en este listado o de las circunstancias particulares entre éstos y sus clientes.
Antes de contratar los servicios de cualquier profesional, usted debe cerciorarse de que ha escogido a la(s) persona(s) que ejercen su profesión en el área que afecta a su caso. Se recomienda siempre prudencia y sentido común antes de contratar los servicios de cualquier profesional. En ningún caso debe adelantarse dinero alguno a través de empresas como Western Union, Money Gram, etc., o llegar a ningún acuerdo ya sea verbal o escrito sin haber visitado previamente el inmueble, pues son frecuentes las quejas de ciudadanos españoles (y de otras nacionalidades) que, habiendo hecho llegar sumas de dinero en concepto de fianza, depósito de reserva o adelanto del importe del arrendamiento, han sido estafados. Recuerde que de acuerdo con la normativa local, las visitas a las viviendas de su interés son gratuitas (se han recibido quejas de ciudadanos españoles a los que se ha solicitado el pago de una tasa específica para ello).
Se ha utilizado un criterio alfabético para ordenar estos nombres, por lo que este listado no refleja ningún tipo de preferencia. Esta Embajada no puede recomendar los servicios de una empresa o agente específicos.
Agencias inmobiliarias
Hoteles
Puede acceder a un amplio listado de hoteles en este país en los buscadores tradicionales de este tipo de servicios (www.booking.com, www.hotels.com, www.tripadvisor.com y otros similares).
CARNÉ DE CONDUCIR EMIRATÍ
Para poder conducir en los Emiratos Árabes Unidos, los españoles residentes en este país deben obtener un permiso de conducir emiratí, pues en la actualidad no existe un acuerdo entre ambos países para el reconocimiento de permisos.
Para ello, entre otros documentos deberá presentar ante la autoridad de tráfico competente una traducción de su carné de conducir español visada por la Embajada. Puede obtener más información sobre los trámites a realizar siguiendo los enlaces siguientes:
Actualmente, en los Emiratos de Dubai (excepto para empresas de menos de 100 empleados) y Abu Dhabi es obligatorio que su empleador le proporcione un seguro médico.
En ningún caso la asistencia médica en E.A.U. es gratuita, por lo que si no dispone de seguro deberá abonar los servicios sanitarios. Puede obtener más información en el apartado "Educación y Sanidad" de esta página Web.