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Convocadas por la Comunidad de Madrid

Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la atención y apoyo a la emigración (2021)

Plazo abierto hasta el 25 de julio de 2021

4 de agosto de 2021
La Comunidad de Madrid acaba de convocar para 2021 subvenciones destinadas a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro para la atención y apoyo a la emigración para ese año. Se detallan a continuación las características de esta convocatoria:
 
Cuantía y período subvencionable
La cuantía máxima de la subvención, por beneficiario, no podrá superar los 30.000 euros.
El período subvencionable comprende desde el 26 de julio de 2021 hasta el 30 de abril de 2022.
El plazo de justificación de la subvención finalizará el 30 de junio de 2022.
 
Beneficiarios
Las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede social en el país donde vayan a desarrollar las actividades objeto de la subvención y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos esté el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada.
 
Requisitos de las entidades
1. Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en la fecha de publicación de las respectivas convocatorias.
2. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado español y ante la Comunidad de Madrid.
3. Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado tercero de la convocatoria. Tener presente que cada solicitante podrá presentar un único proyecto.
4. Haber realizado actuaciones de ayuda a los emigrantes españoles en el año anterior a la convocatoria.
 
Documentación a presentar
1. Solicitud y anexos.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
 
Cómo se solicita
Exclusivamente a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid.
Para ello, es necesario disponer de un DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga en cuenta, además, que las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
 
Plazo para solicitar
Desde el 27 de julio hasta el 25 de agosto de 2021.
 
Consulta de dudas
belen.garciadeandoain@madrid.org
anag.ferrandiz@madrid.org