Y AL PARLAMENTO DE GALICIA
5 DE ABRIL DE 2020
RESIDENTES
REVISIÓN DE LISTAS DEL CENSO ELECTORAL
Los españoles inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) de este Consulado General en un municipio del País Vasco o Galicia podrán votar en estas elecciones.
Si usted está inscrito como residente y desea ejercer su derecho al voto en estas elecciones, debe revisar los datos de su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes por si fuera necesario presentar una reclamación para corregirlos o actualizarlos.
Los electores podrán consultar las listas electorales personalmente en este Consulado General o por medios informáticos, mediante el envío de un correo electrónico previa identificación del interesado. Asimismo, dicha consulta podrá realizarse por vía telemática en la dirección https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones, en el caso de personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE.
A estos efectos el Consulado General de España mantendrá expuestas al público las listas del 17 de febrero al 24 de febrero de 2020, ambos inclusive, en horario de 8.00 a 14:00. El sábado 22 y el domingo 23 de febrero estaremos abiertos de 9:00 a 13:00.
La reclamación en su caso debe presentarse personalmente en el Consulado General con el pasaporte, DNI o carnet de conducir españoles en original, en el horario antes indicado.
SOLICITUD DE LA DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR
El elector deberá solicitar la documentación para votar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral hasta el 7 de marzo de 2020 inclusive. El impreso de solicitud se acompañará de fotocopia del pasaporte o del DNI o, en su defecto, certificación de inscripción en nuestro Registro de Matrícula.
La solicitud de la documentación para votar podrá hacerse vía correo postal, fax o internet:
a) Si desea solicitarla por fax o correo postal, deberá enviar la solicitud a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente a la provincia en cuyo censo se encuentre inscrito en España. Podrá acceder a las direcciones y números de fax de las Delegaciones Provinciales de la OCE en el enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
b) Si desea solicitarla por internet y posee certificado electrónico reconocido asociado a su DNI, deberá acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/
c) Si desea solicitarla por internet con la clave de tramitación telemática CTT remitida de oficio por correo postal a su domicilio, deberá acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/ mediante la CTT y seguir las instrucciones que se le presenten, adjuntando el fichero de la imagen de UNO de los siguientes documentos: DNI, pasaporte español, certificación de nacionalidad española, o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
El impreso de solicitud de voto, que se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA, se podrá solicitar también en el Consulado o descargarse de la página del Ministerio de Asuntos Exteriores a través de este enlace:
MODALIDADES PARA EJERCER EL DERECHO DE SUFRAGIO
Una vez recibida la documentación para votar, el elector dispone de dos opciones:
a) Depositar personalmente el voto en urna en este Consulado General los días 1, 2 y 3 de abril de 2020 en horario de 8:30 a 16:30, provisto de su pasaporte, de su D.N.I. o de su certificado de residencia.
b) Enviar su voto por correo certificado a este Consulado General hasta el 31 de marzo de de 2020 inclusive.
Solo podrá votar si ha recibido su documentación electoral.
Para información adicional sobre este proceso electoral visite la página electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (www.exteriores.gob.es) y la de este Consulado (www.exteriores.gob.es/consulados/santodomingo) o comuníquese a nuestro correo cog.santodomingo.pas@maec.es