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Con fecha 9 de noviembre de 2015 se ha publicado en el BOE nº 268 el Real Decreto 987/2015, de 30 de octubre, por el que se modifica el Real Deceto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El citado Real Decreto introduce un nuevo artículo 2.bis donde se amplían los supuestos de familiares o parejas de ciudadanos comunitarios que podrán solicitar un visado de familiar de comunitario.
Requisitos que deben cumplir los familiares de comunitarios y documentos que deberán acompañar a su solicitud de visado.