Recordatorio sobre la documentación que se acompaña al solicitar un visado.

24 de octubre de 2013

Se recuerda que las solicitudes de visados deberán contener todos los documentos en castellano, o en su idioma original junto con una traducción al castellano, tal y como establece le art. 36 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No se admitirán a trámite aquellas solicitudes que no cumplan con estos requisitos

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