El pasado 15 de diciembre de 2022, dejó de surtir efectos la Orden INT/657/2020, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. En consecuencia, dejan de ser de aplicación las restricciones de viaje contenidas en la misma.
Asimismo, se recuerda que la Resolución e 18 de octubre de 2022 de la Dirección General de Salud Pública derogó las normas anteriores que establecían la necesidad de realizar controles sanitarios por COVID-19 en los puntos de entrada de España. Por tanto, no se realizan ya controles sanitarios en los puntos de entrada a España.