1. Documentación para poder ingresar en la India
La información que se facilita a continuación debe ser confirmada por el usuario de esta página web del Consulado General de España en Mumbai con Organismos indios tales como los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Trabajo y Empleo, y la Oficina india de Inmigración, que son los entes competentes en la materia y podrán haber introducido algún cambio muy reciente o reforma en su legislación.
Tipos de visado para poder viajar a la India: desde el año 2006, el Ministerio indio de Relaciones Exteriores subcontrató con una empresa privada el servicio de tramitación de las solicitudes de visado de ingreso en el país (hasta abril de 2017, esta empresa proveedora ha sido ARKE-BLS International, y a partir de entonces lo será VFS Global).
La información sobre los procedimientos del visado u otros servicios pueden consultarse a través de las páginas web de estas dos empresas mencionadas. Los centros de tramitación de visados en los distintos países son autorizados por el Gobierno de India a través de la Agencia de Outsourcing de Visado, que cobra una tarifa adicional a los extranjeros por la recepción de las solicitudes.
Los diferentes tipos de visados para viajar a India se expiden de acuerdo con el motivo de su visita. Los detalles de la documentación requerida se pueden obtener a través de la web (hasta ahora en la página www.indiavisados.com y, posteriormente, en la página web de VFS Global).
Las modalidades de visado vigentes a esta fecha (marzo 2017) son los siguientes:
Visado de entrada en la India para determinados colectivos: Pueden solicitarlo personas de origen hindú, cónyuges o dependientes de personas que posean visado de negocios o trabajo, y personas que van a adoptar, así como quienes tengan una vivienda en propiedad en India. También es válido para deportistas que vayan a participar en algún campeonato internacional o pilotos y azafatas que realicen vuelos comerciales. Pueden solicitarlo también profesores que impartan charlas, conferencias o lecturas en universidades de India bajo el GIAN Scheme.
Visados de turismo: Los visados turísticos se pueden solicitar por 3 o 6 meses pero el tiempo de estancia máximo en India no puede exceder los 90 días.
En el caso de periodistas o personas que trabajan en una empresa de relacionada con los medios de comunicación, deberán solicitar previamente autorización, poniéndose en contacto con el oficial de la sección cultural de la Embajada de India en Madrid por e-mail a facilitando los siguientes datos:
- Nombre de la empresa a la que representa.
- Tipo de reportaje que va a realizar en India.
- Lugares que va a visitar en India/ itinerario.
- Tiempos de estancia y fechas de las visitas.
- Nombre y apellidos completos y teléfono de contacto
- Copia del carné de acreditación.
- Otros datos de interés.
Visado de trabajo: Los visados de trabajo, se conceden a extranjeros siempre que el solicitante sea un profesional experto, cualificado o una persona que está siendo contratada por una empresa, organización, industria en la India con un contrato o relación laboral de alto cargo, puesto cualificado como experto técnico, alto ejecutivo o en una posición gerencial. El contrato de trabajo es necesario como prueba de empleo. Están incluidas en este rubro, las personas que viajan para colaborar con una ONG.
Visado de estudios: Es válido máximo por un año de duración. Se concede a un extranjero que viene a India para seguir un curso de estudios académicos regulares y de tiempo completo en una institución reconocida. El solicitante debe presentar la prueba de admisión en una institución educativa reconocida y evidencia de apoyo financiero. En caso de admisión a un curso médico o paramédico, deberá presentar un certificado de no objeción por parte del Ministerio de Salud. El visado de estudios se puede conceder por un máximo de 6 meses si va a solicitar la admisión o realizar exámenes de acceso. No hay ninguna restricción sobre el número de cursos de estudios que pueden seguirse, los cambios de rumbo a realizar, de instituto o ambos. La lista de instituciones/universidades reconocidas se encuentra disponible en el siguiente enlace: www.education.nic.in
Visado a periodistas: El visado para periodistas se concede por una validez máxima de 180 días a profesionales de prensa, personal cinematográfico, organizaciones representativas de radio y televisión, y personal relacionado con el sector, como escritores, periodistas, fotógrafos , productores de televisión, cine, publicidad y todos aquellos que escriban sobre moda, deportes, etc... Todos aquellas profesionales que tengan visado de periodista, a su llegada a Nueva Delhi, deben ponerse en contacto con la División de Publicidad Exterior de Ministerio de Relaciones Exteriores (MEA) y, en otras ciudades, con la Oficina de Prensa e Información del Gobierno de la India para recibir asistencia en diferentes aspectos, incluyendo la planificación de los itinerarios a efectuar.
El procedimiento a seguir con una antelación minima de dos meses, es el siguiente: antes de entregar su solicitud, deberá enviar un e-mail a la Embajada de India en Madrid a que detalle lo siguiente:
- Nombre de la compañía a la que representa.
- Tipo de reportaje que va a realizar en India.
- Lugares a visitar en India o Itinerario a realizar.
- Tiempo de estancia y fechas de las visitas.
- Nombre completo y teléfono de contacto.
- Copia de carné de acreditación.
- Otros datos de interés.
Visado de negocios: Se concede a extranjeros que quieran visitar la India para establecer una industria/negocios, explorar las posibilidades de establecer relaciones comerciales o comprar/vender productos industriales. Se deberá justificar su capacidad financiera y experiencia en el campo de los negocios. Este tipo de visado se expide por la duración que figure en la documentación, y nunca es superior a un año.
Visado para asistir a una conferencia/seminario: Se conceden a extranjeros que vayan a asistir a conferencias internacionales, seminarios, etc. realizados con organismos gubernamentales indios, empresas del sector público u ONG’s. Es necesaria autorización previa por parte de los Ministerios o Departamentos del Gobierno de la India correspondientes.
Visado de investigación: Puede solicitarse dependiendo del reconocimiento y prestigio de la institución de investigación y de la elegibilidad del solicitante, y es acordada por el periodo de duración del proyecto de investigación o por un máximo 3 años. No podrá ser solicitada por profesores que impartan charlas, conferencias o lecturas en universidades de India bajo el GIAN Scheme.
Visado médico y de acompañante médico: Se concede a extranjeros que viajan a la India para recibir un tratamiento médico en un hospital, clínica o centro especializado reconocido. Tiene una duración de 3 meses o por el período del tratamiento que se vaya a recibir, lo que sea menor. A los familiares, en primer grado de consanguinidad, que viajen con la persona que reciba el tratamiento, se les concederá un visado de acompañante médico, dependiente del visado médico del paciente al que se acompaña. No se permiten más de dos acompañantes. También se expide a los médicos que tienen que asistir a un paciente durante su tratamiento en India o tienen que viajar con esta persona.
Registro y extensión de un visado: Los extranjeros que entran en la India con un visado de estudios, trabajo o Investigación de una duración superior a los 180 días, deberán registrarse en las Oficinas Regionales de Registro de Extranjeros del Ministerio del Interior o FRRO, dentro de los primeros 14 días de su llegada al país.
Los extranjeros titulares de cualquier otro tipo de visado válido para más de 180 días no requieren su registro si el período de estancia en India, en cada visita, es menor de 180 días. Sin embargo, deben inscribirse dentro de los 180 días a su llegada, si el período de su estancia va a exceder los 180 días. Para más detalles, puede visitar el sitio web de la Oficina india de Inmigración (www.immigrationindia.nic.in). Estas mismas oficinas de registro son las encargadas de la prórroga del visado, mientras el titular se encuentre en la India.
2. Información de interés para ciudadanos españoles
- Trámites de inscripción en el Consulado General de España en Mumbai: resulta muy conveniente inscribirse en el Consulado a la llegada a esta ciudad como transeúnte o, transcurrido un año, como residente.
La demarcación consular que corresponde a Mumbai incluye los Estados indios de Andhra Pradesh, Chhattisgarh, Goa, Gujarat, Karnataka, Kerala, Maharastra, Tamil Nadu, Dadra y Nagar Haveli, Daman y Diu, Pondicherry, y Telangana. Comprenden una superficie de 1.3 millones de km2 en los que viven alrededor de 500 millones de habitantes (según estadística oficial de 2011).
- Trámites aduaneros en caso de retorno a España: es preciso un certificado de baja consular para realizar el traslado de vuelta a España. Se obtiene de forma gratuita en el Consulado y es necesario haber estado inscrito previamente como residente.
- Permiso de residencia: debe pedirse en la Embajada de India en Madrid, y está condicionado a la posesión de un visado de larga duración.
El visado de turista no da derecho a trabajar. Los visados no pueden cambiar de categoría una vez en la India.
Si dispone de un visado que le permite vivir en India, debe registrase en la Oficina de FRRO (Foreign’s Regional Registration Office) más cercana dentro de los primeros 14 días de estancia en el país. En las Recomendaciones de Viaje sobre India que elabora el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, puede encontrar más información sobre las direcciones de dichas oficinas de registro.
- Validez de documentación española en India:
En el caso de que vaya a trasladar su residencia a India le recomendamos traducir, y apostillar en España todos aquellos documentos que necesite presentar a las autoridades indias (por ejemplo, el certificado de antecedentes penales, el certificado de nacimiento/matrimonio, Títulos o diplomas, etc.).
Si desea conducir en India es posible obtener permiso indio previa presentación de licencia española, mediante su convalidación. Para más información consultar la página web: http://www.rto.org.in/