Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones.
También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular, figuren en el censo electoral de residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).
A continuación, se detallan lo s pasos para poder participar en las citadas elecciones.
A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)
Consulta del censo electoral y reclamaciones
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 01 de agosto de 2026. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
A estos efectos, durante los días 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:
Prese ncialmente, sin necesidad de cita previa, en el Consulado General de España en Miami, 2655 Lejeune Road, tercera planta, en los siguientes horarios (debido al volumen de personas inscritas en el Registro de Matrícula Consular de esta demarcación consular, se ofrecerán unos horarios ampliados):
· Lunes 12, sábado17 y domingo 18 de octubre de: 9:00 a 13:00 horas.
· Martes 13 a viernes 16 de octubre y lunes 19 de octubre: 9:00 a 17:00 horas.
· A través de medios informáticos, previa identificación de los interesados, enviando un correo electrónico a cog.miami.rmc@maec.es. En ese correo se incluirá una copia escaneada del DNI o pasaporte del interesado, así como el domicilio en la circunscripción consular. Solo se procesarán consultas individuales.
· Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, en la dirección https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES
, para lo que los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.
Dentro de este plazo, de 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del cierre del censo, bien presencialmente en la Oficina Consular o por vía telemática, en caso de disponer de un medio de identificación electrónico válido.
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial que será facilitado por la Oficina Consular y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona que lo solicite: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte o fotocopia del permiso de conducir, o bien de una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular si no dispusiera de ninguno de los documentos anteriores.
Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar
Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 24 al 30 de octubre, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 04 y el 08 de noviembre de 2026, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 14 de noviembre de 2026.
Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 26 de noviembre de 2026, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones
. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web habilitada.
Los electores, que deberán seguir las instrucciones contenidas en la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, podrán votar por cualquiera de las siguientes vías y dentro de los plazos siguientes:
· Podrán remitir su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible a la Oficina Consular, no más tarde del 24 de noviembre. Serán válidos los sobres recibidos en la Oficina Consular hasta el día 27 de noviembre incluido.
· Podrán depositar su voto del 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos, en el Consulado General de España en Miami, Consulado General de España en Miami, 2655 Lejeune Road, tercera planta en los siguientes días y horarios (debido al volumen de personas inscritas en el Registro de Matrícula Consular de esta demarcación consular, se ofrecerán unos horarios ampliados) :
· Sábado 21 y domingo 22 de noviembre: 9:00 a 14:00 horas.
· Lunes 23 a miércoles 25 de noviembre: 9:00 a 18:00 horas.
· Jueves 26 de noviembre: 9:00 a 16:00 horas.
Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales de voto en los centros habilitados para el depósito del voto en urna, así como sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentac ión precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.
Electores (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral
Si algún elector del CERA inscrito en el censo de este proceso se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 19 de noviembre, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el CERA.
Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción. Recibida la documentación electoral en la dirección en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, no más tarde del día 25 de noviembre. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.
B) Ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
Los electores que se encuentren temporalmente en la demarcación consular de Miami una vez efectuada la convocatoria electoral, y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Inscribirse como “no residentes" en el Registro de Matrícula Consular de la Oficina Consular de Miami, si aún no lo estuvieran, con carácter previo a la tramitación por parte de esta Oficina Consular de la solicitud de documentación electoral. La inscripción se efectuará sin necesidad de cita previa.
b) Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la OCE, no más tarde del día 31 de octubre.
Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente en esta Oficina Consular (2655 Lejeune Road, tercera planta), que permanecerá abierta en los siguientes días y horarios (debido al volumen de personas inscritas en el Registro de Matrícula Consular de esta demarcación consular, se ofrecerán unos horarios ampliados):
· Dias laborales: de 09:00 a 17:00 horas
- Sábado 10 y domingo 11 de octubre: de 10:00 a 12:00 horas (exclusivamente para trámites voto ERTA)
- Lunes 12 de octubre: de 10:00 a 12:00 horas (exclusivamente para trámites voto ERTA)
· Sábado 17 y domingo 18 de octubre: de 10:00 a 12:00 horas (exclusivamente para trámites voto ERTA)
· Sábado 24 y domingo 25: de 10:00 a 12:00 horas (exclusivamente para trámites voto ERTA)
· sábado 31 de octubre: de 9:00 a 13:00 horas (exclusivamente para trámites voto ERTA)
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincia de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 25 de noviembre, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.