Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

SUPUESTO 2. LOS HIJOS E HIJAS NACIDOS EN EL EXTERIOR DE MUJERES ESPAÑOLAS QUE PERDIERON SU NACIONALIDAD POR CASARSE CON CIUDADANOS EXTRANJEROS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978.

INSTRUCCIONES PARA EL ENVÍO DE DOCUMENTACION:

2 de febrero de 2023


  1. Rellenar y firmar el formulario en IMPRENTA MAYUSCULA AN​EXO 2Se abre en ventana nueva
  2. Rellenar el formulario en IMPRENTA MAYUSCU​LA SIN COLOCAR FECHA y SIN FIRMAR ANEXO 5​Se abre en ventana nueva.
  3. Rellenar y firmar Hoja declaratoria de datos para la inscripción​ del nacimientoSe abre en ventana nueva.
  4. Rellenar y firmar formulario de matrícula y formulario de empadronamiento.​
  5. D.N.I. del solicitante con domicilio en esta demarcación consularSe abre en ventana nueva.
  6. Certificado literal de nacimiento del solicitante (expedida por el Registro Civil de donde nació) debidamente legalizado y apostillado, cuya expedición no supere máximo un año.​
  7. Certificado literal de nacimiento español de la madre española del/a solicitante con una antigüedad NO MAYOR a 4 años​.  Si nació en España puede solicitarla en este enlace
  8. Certificado literal de matrimonio de la madre con extranjero contraído antes del 29 de diciembre de 1978, expedida por el Registro Civil donde fue inscrito. En caso de que no fuera español, el certificado deberá estar apostillado.
  9. ÚNICAMENTE en el caso de matrimonios formalizados entre el 5 de agosto de 1954 y el 28 de diciembre de 1978, deberá aportarse, además,​​ documentación que acredite la adquisición por la madre de la nacionalidad del marido y documento acreditativo de la legislación extranjera en materia de adquisición de la nacionalidad por matrimonio vigente en la fecha en que este tuvo lugar.
  10. Si el solicitante NO es nacido en esta demarcación consular, se recomienda que revise los requisitos exigidos por el Consulado General de España que le corresponda por nacimiento por si necesitara aportar algún requisito adicional.


ÚNICO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CITA

​Paso 1: Escanear toda la documentación y remitirla en un UNICO documento en PDF (no se admiten fotos ni otro formato), MÁXIMO 4MB, y enviarlo a: cog.mendoza.lmdsol@maec.es (este correo no da  información y desde este correo no se pueden responder consultas).

El correo electrónico desde el cual usted envíe la documentación deberá ser SU CORREO PERSONAL (no de familiares, amigos, allegados, etc.)

En caso de no poseer correo electrónico, deberá crearse uno para enviar la documentación mencionada.​

MUY IMPORTANTE, Redacción exacta del correo electrónico:

  • En el asunto del email únicamente debe escribir: ANEXO II.
  • En el cuerpo del email debe escribir los siguientes datos exclusivamente de la siguiente manera:

NOMBRE(espacio)PRIMER APELLIDO(espacio)SEGUNDO APELLIDO(punto y coma);(SIN espacio)DNI ARGENTINO con puntos

[Recuerde que debe estar escrito en MAYÚSCULAS, sin apóstrofes, sin acentos, ni guiones (en apellidos compuestos deben omitirse) y DNI CON puntos, separado el nombre y apellidos del DNI (con un punto y coma sin espacio) y sin añadir ningún texto adicional; como el siguiente ejemplo:

José María López Sánchez-Bravo, con DNI 99.999.999, tendría que escribir:

JOSE MARIA LOPEZ SANCHEZ BRAVO;99.999.999​


​Paso 2: El Consulado revisará la documentación enviada por correo electrónico, si es correcta se le enviará (a la dirección del correo electrónico desde la que ha mandado la documentación) una cita, con día y hora,  para presentarse en este Consulado a iniciar el trámite de nacionalidad por LMD. [POR FAVOR, REVISE SU BANDEJA DE CORREO NO DESEADO]​

-El día de la cita, deberá acudir personalmente al Consulado, a la hora indicada con los originales y copia de TODO el expediente. EL INICIO DE LA INSTRUCCIÓN DE SU EXPENDIENTE COMENZARÁ A PARTIR DE LA ENTREGA DE ESTA DOCUMENTACIÓN DE MANERA PRESENCIAL.

-Si el día de la cita NO se presentan todos los documentos solicitados, tendrá un plazo de subsanación de 30 días naturales. En caso de no completar el expediente, su solicitud se dará por desistida y se dictará resolución en este sentido​.


MUY IMPORTANTE:

UNA PERSONA, UNA CITA, cada interesado/a debe hacer el proceso antes indicado para que se le asigne una cita.

EXCEPCIÓN HERMANOSLos hermanos de mismo padre y madre, EXCLUSIVAMENTE, podrán enviar un único correo para solicitar sus citas, siguiendo las instrucciones detalladas a continuación:

Enviar un único correo para el grupo de hermanosEn el cuerpo del correo, deben indicar UNICAMENTE el nombre y apellidos; DNI de cada uno de los interesados

El archivo a adjuntar en PDF debe contener, además de la documentación establecida para cada supuesto, las Partidas de Nacimiento con Apostilla de la Haya y DNI de cada uno de ellos.

Si ha remitido correctamente su correo electrónico, recibirá una cita para cada interesado, en la misma casilla de correo electrónico desde la que se envió la solicitud.

TODOS los interesados deben tener domicilio en el DNI en nuestra Demarcación consular.

​- CONSULTAS: No se responderán consultas de ningún tipo en esa dirección de correo. Cualquier correo que no siga estas instrucciones no será respondido.