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ANIMALES DE COMPAÑIA REGULADO EN EL REGLAMENTO UE 2016/429 DE 9 DE MARZO
Para los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos o hurones a Estados miembros desde un territorio o tercer país de conformidad con el articulo 5, apartado 1 y 2 del reglamento ( UE) nº576/2013, deberán completar el modelo de certificado zoosanitario correspondiente.
ANIMALES DE COMPAÑIA.pdf