Se comunica a los Sres . electores que la Junta Electoral Central ha acordado, el pasado 3 de junio (Expte. 321/508 a 512), las siguientes medidas, con carácter excepcional y para facilitar al máximo el ejercicio efectivo del derecho de sufragio de los electores.
1. Ampliar el plazo de solicitud del voto de los electores CERA y ERTA hasta el martes 16 de junio.
2. Ampliar el plazo del envío por correo a las Embajadas/Consulados del voto de los electores CERA que opten por esta opción hasta el sábado 11 de julio.
3. Ampliar el plazo del depósito del voto en urna en las Embajadas/Consulados de los electores CERA el sábado 11 de julio y el domingo 12 de julio.
4. Las Embajadas/Consulados ampliarán al sábado 11 de julio y domingo 12 de julio ( plazo extraordinario), para recibir los votos que se depositen en urna, así como los sobres de voto por correo.
5. Si es usted elector CERA y se encuentra en España, podrá votar por correo en una Oficina de Correos en España hasta el 10 de julio a las 14:00 h.
Este Consulado General Permanecerá abierto el sábado 13 y el domingo 14 de junio en horario de 10:00 a 14:00 y el lunes 15 y martes 16 junio , en horario de 9:00 a 14:00 para poder hacer efectivo el derecho a la solicitud del voto de los electores CERA Y ERTA.