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PROTECCIÓN Y ASISTENCIA CONSULAR

Información para víctimas de violencia de género

14 de octubre de 2024
¿Es usted víctima (o testigo) de violencia de género?
¿Necesita información sobre este tema?

En el marco de su misión de protección de los españoles que residen en la demarcación del Consulado de LYONSe abre en ventana nueva, nuestro teléfono de emergencias​Se abre en ventana nueva está disponible las 24 hrs, todos los días de la semana, sábados y festivos incluidos. El Consulado puede asesorarle, darle apoyo y realizar gestiones con las autoridades francesas competentes y con entidades y asociaciones locales especializadas en la lucha contra la violencia de género.

Al margen de lo anterior, le invitamos a tener en cuenta las recomendaciones de las autoridades francesas contenidas en este enlaceSe abre en ventana nueva, que a continuación se resumen en traducción no oficial. 

NOTA: Si desea conocer exclusivamente los recursos disponibles en España, consulte la página web de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género: https://violenciagenero.igualdad.gob.es​Se abre en ventana nueva

  • ¿Qué hacer en caso de urgencia?
Si su pareja le maltrata o amenaza con hacerlo, avise a la policía o a la gendarmería llamando al 17 o al 112 (o al 114 en el caso de que no pueda hablar por peligro o por discapacidad). También puede alertar al SAMU (Servicio de Atención Médica de Urgencia) llamando al 15 o a los bomberos al 18 si necesita urgentemente atención médica después de actos de violencia de género.

  • Posibilidad de dejar el domicilio
El autor de violencia puede ser obligado por las autoridades a abandonar el domicilio conyugal. Sin embargo, si así lo desea, la víctima también puede dejar el domicilio. En este caso, para evitar que esta salida pueda serle reprochada, puede notificarlo en la comisaría o gendarmería más cercana. El hecho de haber sufrido violencia de género puede justificar el abandono del domicilio.

  • Alojamiento de emergencia
Si ha tenido que dejar su casa por violencia de género puede llamar al “SAMU social” al 115 (funciona las 24 horas del día) para solicitar un alojamiento de emergencia.

  • Alojamiento permanente
Si ha obtenido una orden de protección, puede encontrar apoyo y consejos por parte de asociaciones especializadas para encontrar un alojamiento. Esas asociaciones pueden subarrendarle viviendas (amuebladas o no). Según su situación, podrá obtener facilidades para pagar el depósito y los primeros meses de alquiler.

  • Evaluación médica de sus lesiones (físicas y/o psicológicas)
Si es víctima de violencia de género puede ir al hospital, a su médico de cabecera o a una matrona. Las constataciones médicas resultarán útiles a la hora de juzgar al autor de las agresiones.

  • Ayuda a las víctimas
Como víctima de la violencia de género, también puede llamar a: 
    • ​3919 (“Violences Femmes Info”): información y consejos para mujeres víctimas de violencia física, verbal o psicológica 
    • 116006 o 01 80 52 33 76: red de asociaciones “France Victimes” 
    • Un CIDFF (“Centre d’information sur les droits des femmes et des familles”), centro público presente en cada departamento.
Estos teléfonos y centros informan y orientan, pero no tratan en general situaciones de urgencia, que deben ser comunicadas a la policía o a la gendarmería.

  • Presentar una denuncia
Debe presentar una denuncia en cualquier comisaría o gendarmería para que su agresor sea demandado y condenado por el delito. La policía (o la gendarmería) transmite la denuncia al fiscal. 
Si decide recurrir a la Justicia, puede ser asistida por un abogado o abogada, cuyos honorarios pueden ser asumidos bajo ciertas condiciones por el Estado (“aide juridictionnelle”). También puede contactar con la oficina de ayuda a las víctimas del tribunal (“Bureau d’aide aux victimes”) a fin de obtener ayuda en la tramitación judicial.

  • Medidas de protección
    • Solicitar una orden de protecciónPuede solicitar una orden de protección al juez de familia (“Juge aux Affaires Familiales / JAF”), incluso si ya no vive con su agresor. Si usted o sus hijos están en peligro, el juez podrá otorgarle una orden de protección de emergencia, incluso si todavía no ha presentado una denuncia ante la justicia penal. La orden de protección tiene por objeto impedir al agresor acercarse a usted o a sus hijos. Usted puede pedir al juez permanecer en el domicilio familiar, que en principio se atribuye a la víctima. El agresor tendrá en ese caso que dejar el domicilio en un plazo fijado por el juez e incluso podrá ser obligado a seguir cubriendo los gastos de alquiler. Si tienen hijos en común, el juez también debe decidir sobre el ejercicio de la patria potestad y sobre los derechos de visita y alojamiento. Puede ordenar que los derechos del agresor se ejerzan en un sitio de reunión público o en presencia de un tercero de confianza. 
    • Solicitar un Teléfono de Alto Peligro (“Téléphone Grand Danger / TGD”): El Teléfono de Alto Peligro (TGD) es un teléfono específico que le permite ponerse en contacto directo con una plataforma especializada que alertará a la policía o a la gendarmería si es necesario. La víctima puede ser geolocalizada si lo desea. Este teléfono es asignado por el fiscal en caso de alejamiento del cónyuge violento por orden judicial, o en caso de peligro grave e inminente cuando el agresor aún no ha sido detenido o juzgado. El sistema está destinado a los casos más graves de violencia de género. El teléfono se da por un período prorrogable de 6 meses. La víctima también estará acompaña y asistida por una asociación designada por el fiscal.
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