Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Certificado de Antecedentes Penales

​Es un certificado que permite acreditar la carencia de antecedentes penales o, en su caso, la existencia de los mismos.​
 
 

Certificado de Antecedentes Penales

El certificado de Antecedentes Penales no lo expide el Consulado, ha de solicitarse al Ministerio de Justicia.

De acuerdo con la normativa del Ministerio de Justicia el Certificado de Antecedentes Penales se puede solicitar:

En España personalmente

Si la solicitud se hace en persona en España hay que presentar DNI e impreso de solicitud oficial modelo 790. Dicho impreso se puede obtener en los siguientes lugares:

 

Por correo

​Deberá remitir su solicitud al Ministerio de Justicia. 
Ver información en la página Web del Ministerio de Justicia solicitud por correoSe abre en ventana nueva.  

 

Por internet

​Ver información en la página Web del Ministerio de Justicia solicitud por internetSe abre en ventana nueva.

 

A través de representante

Los nacionales españoles inscritos en el Registro de Matrícula Consular de este Consulado, podrán firmar una autorización en este Consulado para que otra persona solicite el certificado en su nombre.

Para obtener cita en este departamento, por favor remita un correo electrónico a cog.londres.leg@maec.esSe abre en ventana nueva

El interesado deberá presentarse con cita previa en el Consulado de España correspondiente (ver dema​rcaciónSe abre en ventana nueva) con lo siguiente:

  1. Una autorización que tiene que cumplimentar y firmar en el Consulado General que le corresponda (esto lo facilita el Consulado). 
  2. DNI o pasaporte, y fotocopia del mismo. 
  3. Nombre completo y número de DNI del representante en España.
El apoderado deberá ir en persona a la Gerencia Territorial de su designación, provisto de pasaporte o DNI y la documentación legalizada que ha proporcionado el Consulado.

Las personas de nacionalidad distinta a la española no podrán solicitar esta certificación a través de las Embajadas y Consulados de España.