La Junta Electoral Central, por Acuerdo de hoy, 22 de enero (Expte. 321/528), ha acordado las siguientes medidas, con carácter excepcional, y para facilitar al máximo el ejercicio efectivo del derecho de sufragio de los electores del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y de los Electores Residentes Temporalmente en el Extranjero (ERTA):
1. Ampliar el plazo de solicitud del voto de los electores CERA y ERTA a la Oficina de Censo Electoral (OCE) hasta el 26 de enero de 2021.
2. Ampliar el plazo del envío por correo a los Consulados del voto de los electores CERA que opten por esta opción hasta el sábado 13 de febrero de 2021.
3. Ampliar el plazo del depósito del voto en urna en los Consulados de los electores CERA hasta el domingo 14 de febrero de 2021.
4. Las Oficinas Consulares deberán abrir el sábado 13 y domingo 14 de febrero (plazo extraordinario), para recibir los votos que se depositen en urna, así como los sobres de voto CERA que se reciban por correo.
Teniendo en cuenta las especiales circunstancias en las que se está desarrollando este proceso electoral, esta Oficina Consular abrirá para la atención al elector ERTA en el día de mañana, sábado 23 de enero, de 09:30 a 12:30 horas para poder tramitar su solicitud de voto.