Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA - Ampliación del plazo de depósito del voto en urna y por correo. Electores CERA

16 de noviembre de 2018
La Junta Electoral Central ha acordado con carácter excepcional, en aras a favorecer al máximo el derecho de sufragio de los electores residentes en el exterior, la ampliación del plazo de depósito del voto en urna para electores CERA los próximos días sábado 1 y domingo 2 de diciembre 2018, en el marco de las elecciones al Parlamento de Andalucía 2018.
 
Por tal motivo, el horario en el que el Consulado General de España en Lima permanecerá abierto para depositar personalmente el voto en urna, será el siguiente:
 
Plazo Ordinario:
 
-       Miércoles 28 de noviembre: 9:00 a 17:00 horas.
-       Jueves 29 de noviembre: 9:00 a 17:00 horas.
-       Viernes 30 de noviembre: 9:00 a 13:30 horas.
 
Plazo Extraordinario:
 
-       Sábado 1 de diciembre: 9:00 a 17:00  horas.
-       Domingo 2 de diciembre: 9:00 a 13:30 horas.
 
Voto por correo:
 
En cuanto a los sobres de voto CERA recibidos por correo certificado, serán considerados válidos por las Juntas Electorales Provinciales, aquellos en los que conste su envío al Consulado General de España en Lima (Calle los Pinos, 490, San Isidro, Lima 27)   no más tarde del sábado 1 de diciembre.
 
Se recuerda:
 
A los electores que deseen votar en la urna situada en este Consulado General que deberán traer consigo la siguiente documentación:
 
-          Original del Pasaporte o DNI
-          Certificado de Inscripción Electoral (uno de los dos Certificados recibidos previamente de la OCE provincial)
-          Sobre mediano – no necesariamente cerrado al acudir al Consulado - que deberá contener en su interior: a) un sobre más pequeño y cerrado, en el que se encuentre la papeleta de voto seleccionado, b) el otro Certificado de Inscripción Electoral y c) fotocopia del pasaporte o del DNI.
 
La referida documentación electoral que el elector utilizará, habrá sido recibida en el domicilio del elector que conste en el CERA, y habrá sido enviada a tal domicilio, y por correo, desde la OCE provincial.