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Lo que el Consulado puede hacer por ti

​Qué puede / no puede hacer un Consulado por ti​

4 de mayo de 2022

​Como parte de la Administración del Estado, las Embajadas y Consulados de España tienen unas determinadas competencias. A continuación se resume lo que un Consulado puede y no puede hacer por ti.

Las Embajadas y Consulados pueden:

  • Expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o robo de la documentación de viaje.
  • Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales en Cuba.
  • En caso de detención, existe el derecho a solicitar a las autoridades cubanas que le pongan inmediatamente en contacto con el Consulado de España en La Habana.
  • Prestar asistencia a los detenidos: notificar la detención a sus familiares si el detenido así lo desea, visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correspondencia.
  • Proporcionar información acerca de trámites y costes relacionados con el traslado de cadáveres, así como de empresas locales dedicadas a esta materia.
  • Adelantar, en circunstancias excepcionales, la cantidad económica necesaria para una repatriación, que deberá reintegrarse al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la ley.
  • Prestar servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
  • Asistir en caso de catástrofe o emergencia sufridas por un nacional español en Cuba.

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Las Embajadas y Consulados NO pueden:

  • ​​Interceder por un doble nacional hispano-cubano ante las autoridades cubanas. “Los ciudadanos cubanos, mientras se encuentren en el territorio nacional [de Cuba], se rigen por esa condición (…) y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera” (art. 36 de la Constitución de la República de Cuba).
  • Renovar o expedir el Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Personarse en nombre de nacionales españoles que decidan interponer reclamaciones particulares en Cuba.
  • Personarse en nombre de nacionales españoles en un litigio o proporcionarle dictámenes jurídicos.
  • Reemplazar la labor de las agencias de viaje u otros agentes turísticos.
  • Ayudar a conseguir un trabajo en Cuba.
  • En caso de detención u hospitalización, garantizar al nacional español un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales del país.
  • Interferir en la aplicación de los protocolos sanitarios cubanos ante casos positivos de Covid-19 detectados en un nacional español.
  • Avalar, prestar dinero o pagar multas impuestas a un nacional español.
  • Poner intérpretes, guías o asistentes sociales a disposición de nacionales españoles.
  • Abonar los gastos de traslado de restos mortales a España o realizar actuaciones relacionadas que, en el ámbito de este traslado, correspondan a los familiares.
  • ​Garantizar la entrada de un nacional español en territorio cubano o la salida de él.

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