Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024

19 de abril de 2024

El 9 de junio de 2024 se celebrarán elecciones al Parlamento Europeo.


Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (voto CERA).

También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular y figuren inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).

A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones. 

A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA) 
Consulta del censo electoral y reclamaciones
 
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de febrero de 2024. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas. 

A estos efectos, durante los días 22 de abril al 29 de abril, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:

  • Presencialmente, sin necesidad de cita previa, en la sede del Consulado General de España en Guadalajara, Avenida Pablo Neruda 2710- 5to.Piso. Guadalajara, ​​en el siguiente horario:

- Del 22 de abril al 26 de abril y el día 29 de abril de 09:00 horas a 13:00 horas.

- Y los días 27 y 28 de abril de 10.00 a 13.00 horas.​

  • ​Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, en la dirección https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES, para lo que los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.​

​Dentro del plazo de consulta, entre el 22 y el 29 de abril, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar en la Oficina Consular reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del cierre del censo. Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial que será facilitado por la Oficina Consular y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona que lo solicite: 

  • Original y fotocopia del DNI,
  • Original y fotocopia del pasaporte o
  • Original o fotocopia del permiso de conducir español, o bien de,
  • una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular si no dispusiera de ninguno de los documentos anteriores.

Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar

Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.

PRIMER ENVÍO: Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector entre el 4 al 10 de mayo, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como los sobres de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.

SEGUNDO ENVÍO: Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 15 y el 19 de mayo, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 25 de mayo.
Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 6 de junio, a través del enlace que se habilitará a este efecto y se comunicará puntualmente. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web que se habilite.


Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 6 de junio de 2024, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_eleccionesSe abre en ventana nueva. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web habilitada.

VOTO POR CORREO

Podrán enviar su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 4 de junio. Serán válidos los sobres recibidos en la Oficina Consular hasta el día 7 de junio incluido. En cambio, no serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.

VOTO EN URNA EN LA SEDE DEL CONSULADO
Podrán depositar su voto del 1 al 6 de junio, ambos incluidos, en el Consulado General de España en Guadalajara, Avenida Pablo Neruda 2710, 5º Piso. Guadalajara en el siguiente horario:

  • De 10 horas a 17 horas.
Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales de voto en los centros habilitados para el depósito del voto en urna, así como sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.

Electores (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral

Podrán solicitar, al igual que los residentes en España, el voto por correo desde el 16 de abril hasta el 30 de mayo en cualquier oficina del servicio de Correos en España, debiendo enviar el mismo no más tarde del 5 de junio.

B) NO RESIDENTES EN LA DEMARCACIÓN CONSULAR (VOTO ERTA)

Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero, para poder votar desde el exterior, deberán constar inscritas en la Oficina Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficinal en la Oficina Consular en los siguientes días y horarios:

  • Desde la fecha de la Convocatoria y no más tarde del 11 de mayo, de lunes a viernes, de 09 a 13 horas.
  • Y el día 11 de mayo de 10 horas a 13 horas.

Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente.

Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 5 de junio de 2024, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.


Noticias relacionadas