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Actualización del procedimiento al 07/03/2025
Debido a la ampliación en la recepción de expedientes familiares, la atención podría verse demorada
1. ¿QUÉ SON LOS EXPEDIENTES FAMILIARES?
• UNA solicitud de cualquier integrante del grupo familiar servirá para el resto de integrantes (un mensaje de correo electrónico = una solicitud PDF), sin necesidad de que el resto tenga que enviar su solicitud en PDF para obtener credenciales de cita.
• Quien obtuvo la credencial será quien deba obtener la cita consular (y podrá hacer extensivo a todos) para venir acompañado con TODO EL GRUPO FAMILIAR PRESENCIALMENTE al Consulado General el día del turno.
A) Solo padre o madre (nietos de originariamente españoles) con sus hijos (Supuesto 1.A y 3) y también los hijos de estos por Supuesto 3 mayores de edad. B) Solo hermanos (nietos de originariamente españoles) que ingresan por el Supuesto 1.A y únicamente sus hijos por el Supuesto 3. C) Los Supuestos 3, cuyo padre o madre del Supuesto 1.A que ya presentaron su expediente (y además tienen un comprobante de solicitud de Anexo VII), pueden presentarse junto con sus hijos y nietos que sean Supuesto 3 y mayores de edad.D) Hijos de padre o madre que adquirieron la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica de 2007 (Disposición Adicional 7ª) o por la Ley de Memoria Democrática de 2022 (Disposición Adicional 8ª). Estos hijos (y sus hijos) podrán hacer solicitud por el Supuesto 3.E) Hijos de padre o madre que recuperaron su nacionalidad (art. 26 del CC) o bien optaron (art. 20.1.b del CC), o bien son hijos/as de inscritos como españoles (directos sin haber nacido en España). A estos les corresponde tramitarlo por el Supuesto 1.A, así como a los hijos/as de estos (y a sus hijos) a quienes les corresponde lo previsto en el Supuesto 3.
1. Nieto/a del español/a bajo (Supuesto 1.A): los requisitos son los mismos que constan en nuestra web para este Supuesto 1.A.
2. Hijos/as de los Supuestos 1.A (presentan por Supuesto 3): los requisitos son los mismos que constan en nuestra web para este Supuesto 3.
3. Solicitantes por Supuesto 3: siempre por EDAD, de mayor a menor. En caso de que alguno de estos solicitantes no acuda por cualquier razón, se continuará con el orden de mayor a menor de los hermanos.
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