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COVID-19 (XXXVIII) DISPONIBILIDAD DE UN PROCEDIMIENTO PREFERENTE DE ACCESO A CHINA PARA PERSONAL INDISPENSABLE DE LOS SECTORES COMERCIAL, LOGÍSTICO, DE LA PRODUCCIÓN Y LA TECNOLOGÍA

18 de mayo de 2020
Los representantes de la República Popular de China en Madrid han comunicado a las autoridades españolas la existencia de un mecanismo preferente de acceso a su país para el personal considerado indispensable que trabaje en el sector comercial, logístico, de la producción y la tecnología.
 
Resumimos en sus líneas generales el procedimiento o vía preferente, cuyos detalles están disponibles en la Sección Consular de la Embajada de China en Madrid o en el Consulado de la R. P. C. en Barcelona.
 
Es importante remarcar, antes de aportar las líneas generales, que este mecanismo abreviado o preferente de acceso a China, no es de aplicación a los familiares de las personas que se quieran acoger al mismo, ni a los residentes o titulares de visados de larga duración que no pueden regresar por ahora a China, asunto que se sigue estrechamente.
 
I.- Pueden acogerse quienes aporten documentos como una carta de invitación de la empresa, socio o institución china, validada por las autoridades locales de la provincia o localidad que corresponda en China.
 
II.- La documentación mencionada, ha de ir acompañada también de un “compromiso de buena salud” y una prueba negativa de ARN, emitida por una autoridad designada por el Gobierno de España. Los plazos de validez y la antelación en la que deberá estar disponible la prueba de ARN deberán consultarse al consulado chino.
 
III.- Durante el “check in” en el aeropuerto y el trayecto del vuelo a China, se deberá llevar mascarilla y atenerse estrictamente a las medidas anti-COVID, con la disponibilidad de material desinfectante y desechable.
 
IV.- Al llegar a China, en lugar de una cuarentena de 14 días, deberán observar una cuarentena de uno o dos días en un “lugar designado”. Se realizarán pruebas ARN y de anticuerpos y si los resultados son “positivos” se podrá empezar a trabajar, respetando las medidas preventivas. Transcurridos 14 días, si no se han detectado síntomas, se podrá desarrollar una actividad normal. En la Sección Consular de la Embajada de China, podrán conocer los detalles sobre el costo de las pruebas y del alojamiento durante la cuarentena abreviada.
 
Reiteramos que las precisiones sobre estos cuatro puntos y los posibles requisitos adicionales los podrán obtener en la Sección Consular de la Embajada de la R. P. China o en el C.G. de China en Barcelona.