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AVISO IMPORTANTE SOBRE LA PÉRDIDA Y CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

28 de febrero de 2019
AVISO IMPORTANTE SOBRE LA PÉRDIDA Y
CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
 
En el Código Civil español, en especial en los Artículos 17 a 28, se expone cómo se adquiere, se pierde, se conserva y se recupera la nacionalidad española.
En relación con la posible pérdida y conservación de la nacionalidad española, es muy importante tener en cuenta las siguientes dos situaciones que pueden tener lugar con cierta frecuencia en Suiza.
En primer lugar, un español menor de edad que reside en Suiza y tiene también otra nacionalidad, si no ha nacido en España y su madre y/o padre español tampoco han nacido en España, perdería la nacionalidad española si no solicita expresamente la conservación de su nacionalidad española en el Consulado en el transcurso del plazo de 3 años desde la fecha en que alcance la mayoría de edad, es decir, a partir de cuándo cumple 18 años y antes de cumplir 21 años.
Si transcurre ese plazo de 3 años sin haber firmado una declaración de voluntad de conservar la nacionalidad española, para la recuperación de la nacionalidad española sería necesario que resida en España al menos un año.
En segundo lugar, si un español mayor de edad reside habitualmente en el extranjero y adquiere la nacionalidad suiza, perdería la nacionalidad española si no solicita expresamente la conservación de su nacionalidad española en el Consulado en un plazo de 3 años desde la fecha de la adquisición (naturalisation / Einbürgerung ) de la nacionalidad suiza.
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La declaración de voluntad de conservación de la nacionalidad española es un trámite sencillo que debe realizarse personalmente firmando un acta de conservación en el Consulado. Para cualquier duda o consulta y conocer la documentación que se debe aportar, se puede contactar al Consulado (cog.berna@maec.es; teléfono: 031 356 22 20).
Berna, enero de 2019