INFORMACIÓN RELATIVA A LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
DE 19 DE JUNIO DE 2022
El 19 de junio de 2022 se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía, según convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario número 14, de 26 abril de 2022.
Podrán votar a través de este Consulado General:
A) Los españoles residentes en el extranjero, inscritos en el censo de este Consulado General, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en Andalucía. El censo vigente es el cerrado a 1 de febrero de 2022.
Consulta del censo
En el periodo comprendido entre el 2 y el 9 de mayo de 2022, ambos inclusive, los electores podrán consultar en este Consulado General las correspondientes listas electorales y, en su caso, formular las oportunas reclamaciones. A estos efectos, este Consulado permanecerá abierto el día 2 de mayo de 9 a 13 horas, y los días 7 y 8 de mayo de 10 a 14 horas. No es necesaria la solicitud de una cita previa para la consulta del censo o la eventual presentación de una reclamación.
Solicitud de envío de la documentación electoral
Para ejercer el derecho al voto se deberá solicitar el envío de la documentación electoral, no más tarde del 21 de mayo de 2022. Para ello, puede escogerse una de las siguientes opciones:
- Por internet: puede solicitarse con certificado electrónico, Sistema Cl@ve, o mediante la Clave de Tramitación Telemática (CTT). La CTT se puede consultar en la página web del INE desde el mismo día de la convocatoria, sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la Oficina del Censo Electoral y que lleva impresa esa misma CTT. Puede consultarse la CTT en el siguiente enlace:
https://sede.ine.gob.es/consultaCTTVotoCera/0000433/
Una vez que tenga su CTT, el elector podrá solicitar la documentación electoral en la web del INE: https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA - Mediante correo postal o fax: ha de enviarse el formulario de solicitud, cumplimentado y firmado, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al municipio de inscripción en el censo (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla). Puede descargarse el formulario de solicitud en el siguiente enlace:
https://www.exteriores.gob.es/es/Documents/Elecciones/2022_Andalucia/IMPRESO%20DE%20SOLICITUD%20VOTO%20CERA%20ANDALUCIA.pdf
Pueden consultarse las direcciones postales y de fax en el siguiente enlace: https://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
Ejercicio del derecho al voto
Recibida la documentación electoral en el domicilio, se podrá ejercer el derecho al voto por dos vías:
- Por correo certificado: se deberá remitir la documentación electoral a esta Oficina Consular, no más tarde del día 14 de junio de 2022, mediante correo certificado.
- Depósito en urna: en este Consulado General durante los días 15, 16 y 17 de junio. Los horarios de votación serán comunicados próximamente.
B) Los electores españoles residentes en España que temporalmente se hallen en el extranjero (ERTA) y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación.
Deberán solicitar la documentación electoral de manera presencial en este Consulado General, hasta el 21 de mayo de 2022, mediante impreso oficial que esta Oficina remitirá a la Delegación Provincial correspondiente. A estos efectos, este Consulado abrirá el día 2 de mayo de 9 a 13 horas, y los días 7, 8 y 21 de mayo de 10 a 14 horas.
En el siguiente enlace se puede descargar el impreso oficial, a presentar en este Consulado:
https://www.exteriores.gob.es/es/Documents/Elecciones/2022_Andalucia/Impreso%20solicitud%20ERTA%20ANDALUCIA%20.pdf
Aquéllos que todavía no estén inscritos como “no residentes" en este Consulado General deberán tramitar previamente dicha inscripción en el Registro de Matrícula de este Consulado.
Recibida la documentación electoral en el domicilio, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España por correo certificado, no más tarde del 15 de junio. En ningún caso podrá depositar el voto en urna en este Consulado General.
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Información para los españoles residentes en el extranjero, inscritos en el censo de este Consulado General, que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral: podrán solicitar, hasta el 9 de junio, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA). Para ello, deberán dirigirse a una Oficina de Correos en España, donde se les informará del procedimiento a seguir.