Dada la imposibilidad de viajar a España en estos momentos y teniendo en cuenta las disposiciones del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que en su disposición adicional tercera, apartados 1 y 2, establece que:
1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Consulado General de España en Argel suspende hasta nueva orden los siguientes servicios:
- Visados de estancia (Schengen)
- Visados nacionales (larga duración) ya que aquellos plazos administrativos que les afectan carecen ya de vigencia
- Legalizaciones
- Número de Identificación de Extranjeros (NIE)
Los trámites para españoles se seguirán realizando en horario de 9:00 a 12:00, sin necesidad de cita, excepto los trámites de Registro Civil que precisen comparecencia.
Se recuerda a todos los españoles presentes en la demarcación del Consulado General de España en Argel que se inscriban en el Registro de Matrícula Consular y que sigan con atención las Recomendaciones de Viaje del MAUC para Argelia.
Aquellos que se encuentren inscritos pero cuyos datos de contacto se hayan modificado y/o tengan dudas acerca de aquellos que facilitaron en el momento de su inscripción, deberán ponerse en contacto con el Consulado para actualizarlos, enviando un correo electrónico a cog.argel.nac@maec.es con los siguientes datos: - Nombre
- Apellidos
- Dirección de correo electrónico
- Teléfono/s de contacto